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" L´AMI, c`est l´ennemi "

Según publicaba el diario El País del pasado 19 diciembre de 2002, la filial alemana de la multinacional Nestlé reclama al gobierno etíope (país con la renta per cápita mas baja del Mundo: 100 $) una 'compensación' por la nacionalización en 1975 de la sociedad Ethiopian Livestock Development Company (ELIDCO); en total unos seis millones de dólares que equivalen al 0,007% de los ingresos anuales de la multinacional.
El grupo Nestlé no era el propietario en el momento de la nacionalización mentada, sino que posteriormente a la fecha de la nacionalización compró el grupo alimentario industrial alemán Schweisfurth.
La reclamación consta en una carta dirigida al Ministerio de Finanzas de Etiopía de 6 de julio de 2001 por el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA), un organismo del Banco Mundial que se ocupa de 'mediar' entre multinacionales y gobiernos en defensa de los intereses económicos  de empresas como Nestlé cuya facturación en 2001 equivale a !13 veces el PNB de Etiopía¡

Pero ésta no es la única reclamación del capital internacional a la que se enfrenta uno de los países mas pobres del Mundo y asolados por terribles hambrunas, sino que hay un total de 42 reclamaciones equivalentes a 500 millones de $ en curso, de los cuales el 80% es reclamado por los herederos de empresarios griegos que vivían en Etiopía en 1975, la mayoría ya fallecidos, y que invertían dinero ganado en el país.

EL NUEVO MANIFIESTO DEL CAPITALISMO MUNDIAL

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Le Monde Diplomatique Nº 527, Lori M. Wallach*, p. 22

*Director de Public Citizen's Global Watch, Washington, DC.

Imagine un tratado de comercio que autoriza a las empresas multinacionales y a los inversionistas a demandar directamente a los gobiernos para obtener reparaciones por daños y perjuicios e intereses en compensación de toda política o acción pública que tenga como efecto disminuirle sus ganancias. Esto no es la intriga de una novela de ciencia ficción acerca del futuro totalitario del capitalismo sino sólo una de las cláusulas de un tratado que está a punto de ser firmado: El Acuerdo multilateral sobre inversiones (AMI).

El director general de la Organización mundial del comercio (OMC), Renato Ruggiero, describió con bastante certeza la naturaleza de este acuerdo: "Estamos redactando la Constitución de una economía mundial unificada."

Pocas personas saben que el AMI está negociándose desde 1995 en el seno de la Organización de cooperación y desarrollo económicos (OCDE) en París. Los 29 países miembros, que incluye a los más ricos del mundo, desean, antes que nada, ponerse de acuerdo antes de presentar a los países en desarrollo un tratado que no deje más opción que aceptarlo o rechazarlo. El objetivo del acuerdo es extender el programa de desregulación sistemática de la OMC a ciertos sectores vitales que aún no han sido incorporados: la domiciliación y las condiciones de la inversión en la industria y los servicios, las transacciones de divisas y los demás instrumentos financieros tales como las acciones y los bonos, los bienes raíces y los recursos naturales.

Durante las décadas anteriores, mientras el mundo era trastornado por una verdadera explosión de los movimientos planetarios de capitales, la inversión atrajo menos la atención que la actividad comercial por parte de la opinión pública, de la prensa y de los poderes políticos. Sin embargo, las empresas transnacionales y los grandes establecimientos financieros han estado muy atentos al respecto. Con paciencia y agresividad, han actuado de manera que las reglas generales en la materia satisfagan sus intereses particulares y aseguren la extensión y consolidación de su poder sobre los Estados.

Los legisladores y los ciudadanos han sido mantenidos en la ignorancia de las transacciones en circunstancias que el texto de la OCDE (190 páginas) está concluido en un 90%. Cuando se produjo la ofensiva de los movimientos de ciudadanos americanos contra el procedimiento de negociación comercial llamado de la vía rápida (fast track), en abril de 1997, fue cuando el Congreso tomó conciencia de las negociaciones del AMI que se llevaban a cabo, desde hacía tres años, por parte del departamento de Estado y el del Tesoro.

El muro de silencio desborda los EE.UU. En Francia, el presidente de la comisión de relaciones exteriores de la Asamblea nacional, Jack Lang, pese a que el asunto le atañe tan directamente, declaró en diciembre: «Ignoramos quién negocia qué y a nombre de quién.» Los representantes americanos negaron la existencia del texto hasta que una coalición de movimientos de ciudadanos se consiguió una copia. Ahora, lamentablemente para el departamento de Estado americano y de sus socios de la OCDE, esa versión está disponible en Internet.


Página oficial del AMI (inglés): http://www.oecd.org/daf/cmis/mai/maindex.htm

Artículo original en "Le Monde Diplomatique" con los textos del acuerdo en inglés, francés y alemán..

http://www.monde-diplomatique.fr/dossiers/ami/index.html

Artículo de Federico García Morales http://rcci.net/globalizacion/fg022.htm

Las ONG´s se movilizan contra un acuerdo de la OCDE que cede soberanía de los gobiernos a las multinacionales http://www.eurosur.org/rebelion/internacional/amiongs.htm

Algunas consecuencias de acuerdos similares: NAFTA http://www.nassist.com/mai/


AMI Basic Facts: http://www.preamble.org/MAI/maifact.html



Así como ocurre con la mayoría de los tratados internacionales, el AMI establece una serie de derechos y obligaciones pero se diferencia fundamentalmente de los otros acuerdos: en él, los derechos están reservados para las empresas e inversionistas internacionales mientras que los gobiernos asumen todas las obligaciones. Además, en una innovación sin precedentes, una vez que los Estados entran en el AMI, quedan irrevocablemente comprometidos por 20 años. En efecto, una disposición les prohibe manifestar el deseo de salir del tratado antes de 5 años tras lo cual queda obligado ¡durante 15 años adicionales!

El capítulo clave del tratado se titula «Derechos de los inversionistas». Ahí aparece el derecho absoluto para invertir - comprar terrenos, recursos naturales, servicios de telecomunicaciones u otros, divisas - en las condiciones de desregulación previstas por el tratado, es decir, sin ninguna restricción. Los gobiernos, por su parte, quedan obligados a garantizar el "pleno goce" de esas inversiones. Numerosas cláusulas prevén la indemnización de los inversionistas y de las empresas en los casos de intervenciones gubernamentales susceptibles de restringirles su capacidad de obtener utilidades de sus inversiones. En particular, cuando esas intervenciones tengan un «efecto equivalente» a una «expropiación, aunque sea indirecta». Así, según los términos del acuerdo, «la pérdida de una oportunidad de obtener ganancias sobre la inversión constituirá un tipo de perjuicio suficiente para dar derecho a una indemnización en beneficio del inversionista».

Las reglas relativas a la «expropiación e indemnización» son las disposiciones más peligrosas del AMI. Ellas dan a cada empresa o inversionista el derecho a reclamar casi contra cualquier política o acción gubernamental - desde medidas fiscales hasta disposiciones en materia de medio ambiente, desde la legislación laboral hasta las normas de protección del consumidor- en tanto amenazas potenciales contra las utilidades. Por lo tanto, mientras en todas partes los Estados están llevando a cabo recortes en sus programas sociales, se les pide aprobar un programa mundial de ayuda a las firmas multinacionales.

Premonitorio es el caso de la sociedad Ethyl. Esta empresa, domiciliada en EE.UU., se apoya en disposiciones del NAFTA, bastante menos favorables que las del AMI, para reclamar 251 millones de dólares al gobierno del Canadá. En abril de 1997, Ottawa prohibió, en efecto, un aditivo para la gasolina llamado MMT, una neurotoxina sospechosa que daña los dispositivos anti-contaminantes de los automóviles. Ethyl, único productor, intentó una acción contra el gobierno canadiense argumentando que una prohibición del MMT equivalía a una expropiación de los bienes de la compañía. Aunque parezca increíble, el caso va a ser juzgado. Si Ethyl gana, los contribuyentes canadienses deberán pagar 251 millones de dólares a la firma privada. Cabe imaginar que tal mecanismo tendrá como efecto la paralización de toda acción gubernamental que apunte a proteger el medio ambiente, preservar los recursos naturales, garantizar la seguridad y la equidad de las condiciones de trabajo u orientar las inversiones al servicio del interés colectivo.

Otro derecho a indemnización de los inversionistas: la «protección contra los desórdenes». Los gobiernos son responsables, frente a los inversionistas, de los «desórdenes civiles» y para qué hablar de «revoluciones, estados de emergencia u otros acontecimientos similares». Esto significa que tienen la obligación de garantizar las inversiones extranjeras contra todas las perturbaciones que pudieran disminuirles su rentabilidad tales como los movimientos de protesta, boicot o huelgas. Es como para motivar a los gobiernos, so pretexto del AMI, a restringir las libertades sociales.

En cambio, el AMI no prevé ni obligaciones ni responsabilidades para los inversionistas. Los gobiernos no pueden tratar de manera diferente a los inversionistas extranjeros y nacionales. Y, según el proyecto de tratado, es el impacto de una política y no las intenciones ni el sentido literal de las leyes lo que debe tomarse en cuenta. Por lo tanto, leyes aparentemente neutras pero donde se puede demostrar que tienen un efecto discriminatorio no intencional sobre el capital extranjero, deben ser derogadas. Las leyes que fijen los límites al desarrollo de las industrias extractivas -como las mineras o las forestales- pueden ser denunciadas por sus efectos discriminatorios contra los inversionistas extranjeros que intenten acceder a esos recursos en relación a los inversionistas nacionales que ya tengan un acceso.

Del mismo modo, las políticas comúnmente practicadas de ayuda a las pequeñas empresas o los tratos preferenciales a favor de ciertas categorías de inversiones o de inversionistas, tales como los programas de la Unión europea a favor de las regiones con retraso en su desarrollo, podrán ser atacadas. Igual riesgo corren los programas de redistribución de la tierra a los campesinos en los países en desarrollo. Para poder ser admitido en el NAFTA, México tuvo que suprimir las disposiciones de su Constitución relativas a la reforma agraria que fueran instituidas después de la revolución. Esto fue así para que los inversionistas americanos y canadienses pudieran comprar la tierra reservada a los nacionales. El balance de los cuatro primeros años de su aplicación es la destrucción masiva de los pequeños campesinos mientras que las multinacionales de la industria agroalimenticia se iban apoderando de inmensos predios.

Las reglas del trato nacional también involucran a las privatizaciones. Por ejemplo, si una municipalidad francesa decide privatizar el servicio de agua -lo que la mayoría de ellas ya ha hecho- le debe ofrecer a los postulantes del mundo entero las mismas condiciones de acceso que a un inversionista francés. Incluso si se trata de una sociedad de economía mixta bajo control democrático. ¿ Cuándo se privatizará la educación o los servicios de salud ?

El AMI prohibe, igualmente, las medidas adoptadas por numerosos países para orientar las inversiones en el sentido del interés público como, por ejemplo, exigiendo que se emplee mano de obra local o a ciertas categorías de personas tales como los minusválidos. Del mismo modo, numerosas leyes y normas referidas al medio ambiente podrán ser denunciadas. Caen en el ámbito del AMI, en particular, las medidas tomadas por varios Estados de EE.UU. que exigen que los embalajes de vidrio o plástico contengan un porcentaje mínimo de productos reciclables y las tarifas preferenciales que favorecen a los materiales fabricados con esos productos.

La amenaza pesa sobre la legislación de ciertos países del Sur que apuntan a promover un desarrollo económico nacional, por ejemplo, al exigir a los inversionistas extranjeros una asociación con empresas locales o la contratación y capacitación de ejecutivos nacionales.

El acuerdo graba en el mármol, igualmente, la cláusula de la nación más favorecida a las que impone un trato igual para todos los inversionistas extranjeros. En adelante, estará prohibido que los gobiernos practiquen la discriminación hacia los inversionistas extranjeros en función de la actitud de su gobierno en materia de derechos humanos, derechos laborales u otros criterios. Se prohibe, también, el trato preferencial acordado por la Unión europea en los acuerdos de Lomé a favor de los países del África, del Caribe y del Pacífico. Si el AMI hubiese estado en vigor en los años 80, Nelson Mandela estaría aún en prisión dado que el acuerdo prohibe el boicot de las inversiones o su restricción tal como existieron contra Pretoria en tiempos del apartheid, salvo por motivos de «seguridad fundamental».

Por último, el AMI transformará el ejercicio del poder en todas partes del mundo al someter a las directivas de las multinacionales un gran número de funciones que son actualmente ejercidas por los Estados, incluyendo la aplicación de los tratados internacionales. En efecto, el acuerdo dará a las empresas e inversionistas privados los mismos derechos y el mismo estatuto que a los gobiernos nacionales para hacer aplicar sus cláusulas. En particular, aquel de demandar a los gobiernos ante los tribunales de su elección. Entre éstos figura ¡el jurado arbitral de la Cámara de comercio internacional! Frente a árbitros tan parciales, los inversionistas están asegurados de que obtendrán las indemnizaciones compensatorias que reclamen por no haber sacado todas las utilidades que esperan del tratado.

El texto contiene una disposición que impone a los Estados el «aceptar, sin condiciones, que los litigios se sometan al arbitraje internacional», obligación de la que hasta ahora han estado eximidos en virtud de sus privilegios de soberanía. Esas acciones están reservadas a las empresas e inversionistas pero no a los ciudadanos ni asociaciones. El acuerdo prevé la resolución de los conflictos de Estado a Estado por medio de jurisdicciones internacionales bajo el modelo de la OMC. Se trata de procedimientos opacos, sin garantías jurídicas.

Acerca de los términos del acuerdo, los portavoces de los gobiernos y del mundo de los negocios se limitan a decir generalidades: « No se inquieten, no hay nada nuevo en ese tratado. Se trata únicamente de racionalizar las prácticas existentes .» Pero el AMI, como si fuera un Drácula político, no puede vivir a la luz del día. En Canadá, la revelación de su existencia levantó una tempestad política más grande que el tratado de libre comercio con EE.UU. hace diez años. En EE.UU., fue vivamente atacado en el Congreso.

Un pastel de estricnina

Curiosamente, aquéllos que más se debieran movilizar, los movimientos sindicales representados en el seno de la OCDE por las confederaciones internacionales, se han limitado a proponer, sin éxito, que se agregue al AMI una «cláusula social» en vez de cuestionar los fundamentos mismos del acuerdo. Esta posición ha sido denunciada por los movimientos de consumidores, las asociaciones de defensa de los derechos humanos, por las de protección del medio ambiente así como por un número creciente de sindicatos que estiman que esa proposición se asemeja a una golosina azucarada sobre un pastel de estricnina.

Ni los representantes de los gobiernos ni los del mundo de los negocios tiene la intención de introducir disposiciones limitadoras en el AMI. Su táctica consiste en prever numerosas excepciones y reservas que revelan así la amplitud de la amenaza. No da ninguna seguridad; se nos prometa envolver nuestros objetos de valor en papel mientras usan gasolina para incendiar nuestros hogares. Así, los gobiernos canadienses y francés se afanan en obtener «excepciones culturales» mientras los negociadores americanos reciben sus órdenes en Hollywood y pretenden, gracias al AMI, ejercer una hegemonía absoluta sobre todas las industrias de la cultura.

Los años de experiencia del GATT y, después, de la OMC así como de otros tratados comerciales internacionales han demostrado que las excepciones no dan, en la mayoría de los casos, ninguna garantía. Los bananeros del Caribe acaban de comprobar que las cláusulas de acceso preferente al mercado europeo contenidas en la convención de Lomé habían sido barridas por la ofensiva americana ante la OMC la que condenó, definitivamente, a la Unión europea. El AMI contiene disposiciones que prohiben a los Estados intervenir a futuro en los sectores que él cubre y hace obligatorio derogar sistemáticamente todas las leyes que con él no están conformes.

¿Quién tendrá interés en seguir adelante con la desregulación de las inversiones y que los Estados no intervengan en circunstancias que los resultados de la globalización se revelan desastrosos? Ya ocurre que todo gobierno que se esfuerce en responder a la demanda pública por dar soluciones a los grandes problemas económicos y sociales debe hacerlo en un contexto internacional de inestabilidad monetaria, de especulación, de movimientos masivos y erráticos de capitales y de inversiones sin fronteras. Es una situación que no puede durar salvo para una muy pequeña minoría cuyo interés está en que empeore.


Estado anfitrión y capital extranjero

Le Monde International Nº 2572, 980221, J.-P. Tuquoi, p. 5


El Acuerdo multinacional de inversiones AMI está en discusión en el marco de la OCDE, el club de los países ricos, desde mayo de 1995 pero su firma, prevista para el próximo mes de abril, parece difícil por el gran revuelo que ha provocado. El AMI pretende asegurar alguna forma de igualdad de trato para los inversionistas extranjeros y nacionales dentro de un mismo país.


Jack Lang, actual presidente de la comisión de asuntos exteriores de la Asamblea francesa, declaró que "el AMI instaurará el poder absoluto del dinero" y será "una maquinaria infernal para desestructurar el mundo" lanzada por "los ultraliberales" y a cuya cabeza se encuentra "una suerte de soviet económico mundial animado por los dirigentes de los grandes grupos multinacionales los cuales escapan al control de los pueblos". Y el ex-ministro de la cultura de Francia concluye: "Un eslogan debiera unir a todos los hombres progresistas: «l'AMI, c'est l'ennemi». (el AMI -el amigo- es el enemigo)."

Los artistas franceses fueron los primeros en rebelarse contra el AMI por el temor a que ponga fin a la excepción cultural. El primer ministro Lionel Jospin declaró que "el AMI no debiera, en ningún caso, restringir nuestra capacidad de apoyar y desarrollar la creación artística y las industrias culturales y audiovisuales." Según los especialistas, tal riesgo no existe porque se puede obtener un compromiso similar al habido en la Ronda de Uruguay donde Francia obtuvo el poder para fijar una política audiovisual independiente. Además, cuenta con el apoyo del Canadá, preocupado por su proximidad con EE.UU., de España, Italia, Grecia...

Lo esencial del AMI está en la organización de las relaciones entre los Estados y los inversionistas extranjeros. Conforme al espíritu que condujo a la creación de la Organización mundial del comercio OMC en 1993, el AMI consagra la liberalización de las inversiones mundiales cualquiera sea su tipo (acciones, bonos, licencias...) o sector (financiero, inmobiliario...). El proyecto prevé que el Estado anfitrión no podrá imponer al inversionista el "exportar un volumen o porcentaje dado de bienes o servicios", ni "alcanzar un nivel dado o porcentaje de contenido nacional", ni "transferir tecnología", ni "localizar su domicilio societario", ni "alcanzar un cierto nivel de empleo ni de investigación-desarrollo". En cambio, el texto no dedica ni una palabra a cuestiones esenciales tales como la de los "precios de transferencias" que permiten que las firmas multinacionales, jugando entre sus distintas filiales diseminadas por todo el mundo, logren más o menos escapar al pago de impuestos.

Sus defensores argumentan que las reglas "tales como la transparencia de las legislaciones, la libertad para la transferencia de fondos de las empresas y las compensaciones en caso de expropiación, reflejan normas internacionales muy bien establecidas e incorporadas en numerosos tratados bilaterales vigentes". Se agrega que "el objetivo es garantizar a los inversionistas un marco jurídico claro, equitativo y estable y de ofrecerles mecanismos destinados a resolver eventuales conflictos que los opongan con los gobiernos de los países que los acogen."

La paradoja es que este debate se concentra en Europa donde no existen problemas entre las firmas multinacionales y los gobiernos. El AMI apunta más bien al Asia, tierra bendita para los inversionistas pero imprevisible. Otra paradoja es que la discusión no es tan maniquea como pudiera pensarse: en particular, no opone a una coalición de países europeos contra EE.UU. En realidad, partidarios y adversarios del AMI se enfrentan, también, en EE.UU., principal inversionista a escala mundial. Las firmas multinacionales y la Casa Blanca defienden el proyecto mientras que el Congreso americano está dividido y la prensa no lo trata.

"El Estado, en general, no tiene el tamaño como para luchar contra las compañías multinacionales. Para hacer que éstas vengan, está obligado a ofrecer compensaciones por medio de medidas fiscales y subvenciones. Para evitar estos sesgos y hacer jugar la competencia y atraer el mayor número de compañías, al Estado debiera interesarle el que existan reglas claras y transparentes", opina un profesor del Instituto de estudios políticos de París. Agrega este especialista en comercio internacional: "Por lo demás, la adopción del AMI es favorable para las multinacionales francesas que ya no enfrentarán al Estado americano sino a su justicia en caso de litigio. El AMI es un avance que no debe detenerse pues pronto deberán abrirse negociaciones sobre precios de transferencias y sobre la competencia."

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