Salud Natural *
3.000.000 de chilenos consumen productos naturales y evitan el uso permanente
de fármacos. |
Salud
Natural se defiende de intentos farma-monopólicos en Chile ...
Consumidores y productores de alimentos y suplementos alimenticios naturales
se organizan y exigen que se respeten sus derechos constitucionales a tener
acceso a los productos naturales, contar con un espacio productivo y de
acceder a las casas naturistas sin la tutela de las cadenas y laboratorios
farmacéuticos. |
Ginseng
|
Sésamo |
Ghee |
Tofu |
Miso |
Quinoa |
Lecitina de Soya |
Te
Verde |
Levadura
Cerveza |
Diente
de León |
Jalea
Real |
IESN
CHILE |
Culén |
Propóleo |
Uña
de Gato |
Sist.
Respiratorio |
Sist.
Nervioso |
Sist.
Digestivo |
Sist.
Circulatorio |
Sist.
Glandular |
Sist.
Oseo-Muscular |
Aromaterapia |
Reiki |
Masoterapia |
Naturopatía |
Musicoterapia |
Yoga
Terapias |
Ayurveda |
Reflexología |
Lípidos
|
Aminoácidos
|
Vitaminas Naturales
|
Estudios I.E.S.N.-
Salud Natural
|
Minerales & Salud
|
Carbohidratos
|
Prod. Botánicos
|
SALUD
NATURAL *
INFORMA ... Boletín
n°13
SALUD NATURAL *
INFORMA * SALUD NATURAL *
INFORMA
INFORMA
n° 13 - Febrero/Marzo 2002 -
Boletín Especial
Este Boletín puede ser bajado de la red: http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf13.html
Comentarios y envio de material a:
•
Asociación
Salud Natural de Chile - ASN -
saludnatural2000@yahoo.com
•
Instituto
Estudios Salud Natural de Chile
- IESN - iesnchile@yahoo.com
Salud Natural
Informa:
•
Comunicado a la Prensa. Santiago, 04 de Marzo 2001
EN
CHILE, SE HA CREADO EL MONOPOLIO FARMACEUTICO MAS GRANDE DE TODOS
LOS TIEMPOS
La industria
farmacéutica pasaría a controlar toda especie vegetal que crece
en nuestro país.
•
Los nuevos errores
en los Decretos recientes del MINSAL
El
Decreto 286 introduce el neologismo de FITOFARMACO
Desde
el punto de vista de la Medicina Natural, Fitofármaco es
una entidad conceptual que nada tiene que ver con la naturaleza
humana.
• CARTA
DEL IESN AL COLEGIO MEDICO
Que
no se aplique 'terrorismo sanitario' contra los productos naturales
cuando se denuncien fármacos corruptos
"Debido
a la extremadamente alta tasa de muertes producidas por prescripciones
de drogas y daños a la salud producidos por las interacciones de
los fármacos, una evaluación del riesgo es urgentemente requerida
de esas substancias tóxicas más que
de los nutrientes sostenedores de la vida y los suplementos de vitaminas
y minerales"
"The NAS Risk Assessment Model for Establishing Upper
Intake Levels for Nutrients: A Critical Review From a Psycho-physiological
Perspective ", May 5, 2000
Richard Malter, PhD, Clinical Psychologist, Nutritional
Counselor.
|
Comunicado a la Prensa. Santiago,
04 de Marzo 2001
EN
CHILE, SE HA CREADO EL MONOPOLIO FARMACEUTICO MAS GRANDE DE TODOS
LOS TIEMPOS
La industria
farmacéutica pasaría a controlar toda especie vegetal que crece
en nuestro país.
La
Asociación Salud Natural A.G, el día lunes 4 de Marzo interpuso
un recurso de Protección contra el Sr. Ministro de Salud Dr. Osvaldo
Artaza, y el Presidente de la República Don Ricardo Lagos Escobar,
por la publicación de los decretos Nºs 286 y 287 en el Diario
Oficial el 18 de Febrero 2002.
Estos decretos crean las nuevas categorías de fitofármacos,
que restringen hierbas naturales, botánicos y a numerosos nutrientes
naturales, otorgándoles arbitrariamente la calidad de droga farmacéutica.
Se establece así un límite muy ambiguo entre lo que antes se clasificaba
como alimento y ahora será droga. Se propicia de esta forma la
creación de un monopolio para la industria química-farmacéutica,
que coartará la libertad del consumidor para elegir productos
herbarios y suplementos alimenticios más económicos. Tampoco estarán
permitidas las tradicionales mezclas de hierbas, tan difundidas
por nuestros yerbateros.
De no corregirse la flagrante usurpación, este traspaso
de la actividad alimentaria y de la tradición herbolaria de nuestro
país a la Industria farmacéutica, afectará a todos los consumidores
y además a:
- los productores de productos naturales,
- los importadores, exportadores y distribuidores
de productos naturales,
- los agricultores que producen especies botánicas,
plantas herbarias y culinarias,
- las familias de yerbateros recolectores de hierbas
en los campos, terrenos costeros, cordillera y precordillera,
- las familias de yerbateros especializados en envasado
artesanal y preindustrial de hierbas salutíferas, aromáticas
y culinarias,
- los yerbateros y orientadores naturistas, depositarios
de una rica e invaluable tradición cultural y del folklore
natural de nuestro país, así como las importantes etnias
de nuestro país que ancestralmente se dedican a este rubro,
- los apicultores y las personas y familias relacionadas
con los productos y subproductos apícolas salutíferos,
- los pequeños comerciantes, herbolarios y centros
naturistas que expenden directamente al público los productos
naturales mencionados.
|
TODOS ELLOS REPRESENTAN A 3.000.000 DE CONSUMIDORES DE
NUESTRO PAIS
Para mayor información, comuníquese con el Presidente de
la Asociación de Salud Natural, Don Sergio Córdova a los Fonos:2084148
-3251158 -09 8831494, o solicitar antecedentes por correo electrónico
a: saludnatural2000@yahoo.com
Análisis
Los nuevos errores en los Decretos recientes del MINSAL
El Decreto 286 introduce
el neologismo de FITOFARMACO
Desde el punto de vista de la Medicina Natura, Fitofármaco
es una entidad conceptual que nada tiene que ver con la naturaleza
humana.
LO
MAS CUESTIONADO DE LOS DECRETOS
Introducción de los Fitofármacos.
En dos etapas que muestra lo torrado de las nuevas
normas, el Decreto Supremo 286 introduce el neologismo de Fitofármaco.
Primero define el término de Preparado vegetal y
luego lo integra al conpcepto propiamente tal de Fitofármaco:
"Preparados
vegetales es la planta o parte de planta pulverizada,
su extracto, tintura, jugo exprimido, aceite graso o esencial,
goma o resina procesada".
Introducción de la ñetra z1al Art. 4 del DS
1876/95 del Minsal, Reglamento del Sistema Nacional de Productos
farmacéuticos, alimentos de Uso Médico y Cosméticos.
"Los fitofármacos o medicamentos
herbarios, que son productos farmacéuticos terminados y
etiquetados, cuyos principios activos son exclusivamente
drogas vegetales o preparados vegetales"
Reemplaza la letra h) al Art 26) del Reglamento del
Sistema Nacional de Productos farmacéuticos, alimentos de
Uso Médico y Cosméticos. |
Estas definicionaes
conllevan 2 tipos de intenciones flagrantes:
Primer Error. Falta de límites
de la expresión "preparados vegetales", como fitoquímicos contenidos
en las plantas o bien como preparados vegetales de uso farmacéutico.
Con esto se pierde definitivamente la línea divisoria que antes
contemplaba la legislación, entre lo que son alimentos y lo que
son fármacos. Con esta acepción fue dada a conocer la terminología
aludida al Consejo Nacional Asesor de Medicamentos, de que los
recurrentes son miembros en virtud del Decreto Supremo 660/2000
del MINSAL. Al no tener limitación conduce a un segundo error,
Segundo error: Como los preparados
vegetales están dentro del contexto de la definición del nuevo
término de fitofármacos, bajo esta categoría podrían llegar a
estar comprendidos TODAS LAS PLANTAS EXISTENTES EN NUESTRO PLANETA
QUE SE UTILICEN EN NUESTRO TERRITORIO NACIONAL, TANTO TERAPEUTICAS,
SALUTIFERAS, AROMATICAS Y CULINARIAS puesto que todas ellas pueden
dar origen a "preparados vegetales", tal como fue erróneamente
definido.
Omisión en el término de Suplementos Alimentarios.
El Decreto Supremo 287 contiene un error de diseño
en la definición de SUPLEMENTOS ALIMENTARIOS se omite de la relación
de nutrientes que comprende, tales como "vitaminas, minerales,
aminoácidos, lípidos, fibras dietéticas" otros fitonutrientes
diversos contenidos en las especies botánicas, tales como
carbohidratos (glúcidos) y otros elementos botánicos
que igualmente se destinan a suplementar la dieta con "fines
saludables, y contribuir a mantener o proteger estados fisiológicos
característicos como adolescencia, adultez o vejez". Por consiguiente,
como el decreto deja un vacío. ¿Qué industria podrá ahora producir
suplementos dietarios con fitonutrientes vegetales distintos a
los otros nutrientes mencionados? Hoy lo hace la industria alimentaria
y especialmente esos fitonutrientes están contenidos en los productos
naturales o suplementos alimentarios actuales de la industria
de alimentos naturales.
La aparente omisión n anterior
se ha hecho para no reconocer la lógica clasificación de estos
nutrientes botánicos dentro de la categoría de suplementos alimentarios,
como lo han hecho otros países desarrollados. Nuestra autoridad
prefiere denominar a aquellos "drogas vegetales", lo que le permite
artificiosamente crear una categoría aislada de "fitofármacos".
Esto puede fácilmente ser corregido y debe hacerse. Lo contrario
es un absurdo.
El DS 287 defibe como Suplementos alimentarios "aquellos
productos elaborados o preparados especialmente para suplementar
la dieta con fines saludables y contribuir a mantener o proteger
estados fisiológicos característicos tales como adolescencia,
adultez y vejez." Aunque celebramos la tardía creación
de esta categoría en nuestra legislación, no podemos dejar de
echar de menos ciertas connotaciones que ésta adquiere en otros
países más desarrollados. Esta definición obviamente sólo omite
el estado precoz característico de todo ser humano, la "niñez",
lo cual puede fácilmente ser corregido. Lo contrario es un absurdo.
Obviamente también los niños, especialmente los desnutridos requieren
de suplementos alimentarios. No se entiende entonces la excepción
que la autoridad hace con respecto a los infantes.
Limitaciones a la Yerbatería.
El Decreto Supremo 286 limita doblemente la actividad
yerbatera:
- Permitiría solo el envasado artesanal
de las hierbas que la autoridad sanitaria autorizaría.
- Prohibiría el merzclado tradicional
yerbatero.
El Decreto Supremo 286 permite a la industria herbolaria
tradicional chilena sólo al envasado artesanal, dejando a la industria
farmacéutica las otras formas de envasado, especialmente las hierbas
en cápsulas, que hasta ahora los pequeños y medianos empresarios
del rubro podían también utilizar. La autoridad se reserva el
derecho de autorizar qué tipo de hierbas se podrán utilizar y
qué propiedades salutíferas se podrán sugerir en la rotulación,
lo que propicia arbitrariedades con un posible menoscabo y desencuentro
de la sapiencia y experiencia popular, contrastada con la insuficiente
información científica de todas estas propiedades.
Gracias a estas normas, la industria
farmacéutica usufructuaría además de la prohibición a la industria
herbolaria tradicional chilena del mezclado tradicional de hierbas
salutíferas, cuya efectividad conoce toda la población consumidora
de estos productos. En efecto, más del 50% de los productos herbarios
que se expenden, vienen en forma de mezclas que potencian entre
sí sus efectos salutíferos para diversas afecciones. Esto es parte
de una rica tradición y experiencia que se da también a nivel
mundial, y consideramos ilegal que en nuestro país la autoridad
lo restrinja, basado en posibles efectos secundarios (que no han
sido demostrados científicamente) y también en la dificultad de
medir y separar estos efectos. Sabemos que nuestro país
no cuenta con el desarrollo tecnológico, ni con los medios para
realizar esto.
Es sintomático que esta restricción se imponga cuando recientemente
grandes consorcios farmacéuticos de nuestro país, han comenzado
a importar diversas hierbas encapsuladas que se expenden solas,
sin mezclar, como por ejemplo, es el caso de la línea Better Life
y Healty.
Límites arbitrarios, discriminatorios
e insuficientes en Nutrientes. La Resolución
394 (complementaria al DS 287), publicada en el Diario Oficial
del 1° de Marzo del 2002, fijó los limites máximos a las vitaminas
y minerales que se adicionen a los suplementos, creando con ello
condiciones para que la farmacéutica pueda influir en la alimentación.
Los límites máximos especificados, en muchos casos pondrían en
detrimento a los empresarios de alimentos y en particular de la
industria de la salud natural, levantando una ingenua barrera
de entrada contra los productos naturales chilenos en el mercado
internacional; toda vez, que la industria mundial de productos
naturales no farmacéuticos ofrecen al consumidor mayor niveles
de efectividad.
A modo de ejemplo:
a) los suplementos naturales de Vitamina C, vitamina
clave para el sistema inmunológico y para la sanidad de nuestras
paredes vasculares, en los EE.UU. por lo general son superiores
a 2.000 mg, la Resolución 294 le fija como límite máximo 1000
mg/diario. La norma industrial NOAEL (sigla inglesa: Ningún Efecto
Adverso Observado) reconoce que el límite seguro de consumo puede
ser seguramente sobre los 1.000 mg por día. El premio Nobel de
Química, el Profesor Linus Pauling, PhD. recomendaba hasta 17.000
mg/dia, lo que el mismo consumía.
b) la efectividad del consumo de los suplementos
de Vitamina E, poderoso antioxidante que combate los efectos los
radicales libres en nuestros procesos celulares, puede ser alcanzada
alrededor de 800 a 1000 mg/dia. En cambio la R. 394 la fija en
500 mg diario. El referente de toda la industria alimentaria internacional
es el nivel NOAEL de 1.200 mg/dia. Además, es consenso en la industrial
mundial alimentaria no-farmacéutica que los valores máximos de
los nutrientes no pueden ser discrecionales de la autoridad administrativa,
sino materias de ley, mas allá de las influencias directas.
c) la R 394 fija 1.000 mcg como limites para los
suplementos de Vitamina A, importante vitamina que permite mantener
en estado saludable nuestra visión nocturna, en consideración
que la industria de suplementos dietarios internacional es de
3.000 mcg por día. d) para el Magnesio, importante mineral que
participa en la cadena del Calcio, se impone un límite máximo
cercano al 58% de lo que la industria alimentaria compite con
la farmacéutica. Para el hierro, el caso es peor ya que ni siquiera
alcanza el 30%. Para cada una de las restantes vitaminas y minerales
se acompañan documentadamente la comparación entre los nutrientes
contenidos en la Resolución y los niveles seguros de la industria
mundial alimentaria en el Boletín N°7 de la Asociación de Salud
Natural A.G. que se anexa a este Recurso.
Lo anterior no obstante que, los nutricionistas del Instituto
Nacional de Tecnología de Alimentos, advierten que la población
chilena se encuentra con carencias de vitaminas y minerales, lo
que favorece la aparición de numerosas enfermedades crónicas y
degenerativas, como estrés, obesidad, hipertensión, insuficiencia
cardiaca, osteoporosis, cáncer, etc.
Por otro lado en los países industrializados, como es el
caso de los EE.UU., Canadá, Japón y los miembros de la Comunidad
Europea, los productores normalmente rotulan el contenido de nutrientes
haciendo referencia porcentual a esos niveles, por ejemplo 300%
Ingesta Recomendada Diaria (DRI). Más aún, una de las más grandes
organizaciones de productores de suplementos alimenticios, denominada
Counsil for Responsible Nutrition (CRN) fija sólo como límite
de producción en sus suplementos dietarios los niveles denominados
NOAEL. Con lo propuesto en la R. 394 la industria alimentaria
está disociada de la conducta y práctica internacional, ocasionado
un perjuicio a los consumidores y una menoscabada competitividad
a nuestra industria nacional.
La falta de vitaminas y minerales en la alimentación de
los chilenos, implica mayor número de enfermos para aumentar el
mercado farmacéutico.
Así también, sólo citando el caso de las algas, el suero
de leche en polvo y el huevo en polvo, por tener por su naturaleza,
concentraciones de nutrientes mayores a los establecidos en la
citada norma, a partir de la entrada en vigencia de la misma,
serán medicamentos y no alimentos, y en consecuencia su producción
entregada en forma exclusiva a los laboratorios farmacéuticos
y su comercialización a las cadenas de farmacias. Se acompañan
las resoluciones que califican dichos alimentos como medicamentos.
El MINSAL también ha hecho numerosas resoluciones
publicadas en el Diario Oficial, permitiéndoles a los grandes
procesadores de alimentos nacionales e internacionales disposiciones
especiales para pasar los límites especificados para añadir vitaminas
y minerales, sin perder la categoría de alimentos. Esto indica
que los límites no están impuestos para cuidar la salud pública,
sino que son flexibles y pueden ser alterados por cualquier razón.
Este privilegio no ha sido extendido a operaciones más pequeñas
a la fecha, y el MINSAL no ha dado una explicación a la industria
de alimentos de cómo se va a administrar esta alteración especial
de la ley. No sabemos si el criterio es el tamaño de la empresa,
o si es meramente un ejemplo de la discriminación del mercado.
OTROS
ATENTADOS A LA SALUD NATURAL
Los decretos contienen implicaciones que no
podemos aceptar:
1°
Inhibirían el desarrollo de los derechos constitucionales
sobre opción de medios de salud que consagra nuestra Constitución
a todos los ciudadanos.
2°
Inhibirían la difusión de corrientes de pensamientos útiles
a sostener la salud por medios más naturales y más acordes con
el medio ambiente.
3°
Las normas que se promueven han sido emitidas sin suficiente
fundamento científico , con núcleo gestor centrado en el Instituto
de Salud Pública, cuya principal competencia es regular los registros
farmacéuticos, y en un escenario de grandes presiones externas
provenientes de sectores farmacéuticos que consideran como principal
argumento que los productos naturales constituyen un mercado informal.
Esto demuestra que el MINSAL no posee personal técnico
competente, con conocimiento en medicina natural.
4°
Discriminación entre productos. La Constitución
asegura a todas las personas la no-discriminación arbitraria en
el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
Este artículo no es del todo aplicado por el Ministerio de Salud
ya que se permite la libre venta de productos peligrosos para
la salud en situaciones de sobre-consumo, ejemplo: el tabaco.
5°
Discriminación en la definición de riesgos entre las
industrias. Muchos fármacos han promovido expectativas que
no han cumplido y que nuestra legislación e institutos de salud
no sancionan. Tenga presente el caso de la Talidomida que se comercializó
formalmente décadas atrás para aliviar los malestares propios
del embarazo, como un tranquilizante inofensivo y produjo malformaciones
horrorosas. Recientemente, otros fármacos han sido cuestionados
por el propio medio médico tradicional, como son los casos de
la Fenilpronanolamina, un anorexígeno, denunciado
el 21 de Diciembre 2000 por la New England Journal of Medicine
NEJM, Massachusetts Medical Society por producir hemorragia
cerebral en mujeres., Fluoexcetina y la Sibutramina
, anorexígeno denunciado por la Asociación Chilena
de Nutrición Clínica en la segunda semana del mes de Enero
2001 y del Bupropion, droga farmacéutica
anti-tabaco, citada por Las Ultimas Noticias como posible causa
de muerte de un conocido personaje chileno, y que ha causado alarma
pública en Inglaterra (edición del 26.06.01), el Lipobay,
producto estrella de la Bayer para bajar el colesterol, tuvo que
ser retirdo del mercado a mediados del 2001 producto de las demandas
del público reclamando graves daños en su salud.
6°
Discriminación en seguridad de la salud de la población
entre industrias. El argumento del MINSAL es que, por el interés
de la salud pública, los suplementos alimenticios tienen que ser
controlados y por ende clasificados en la categoría farmacéutica.
Nosotros sostenemos que el ISP, por
confesión propia, no tiene suficiente personal disponible para
supervisar correctamente a la industria farmacéutica en los problemas
existentes. Hace años que la autoridad estableció que los productos
farmacéuticos debían contener en su envase un folleto advirtiendo
al consumidor, entre otros, los efectos secundarios conocidos
del medicamento. Esto no se ha cumplido sino en una mínima proporción,
y la autoridad en ningún momento ha estimulado a la población
a denunciar esta infracción y sí ha promocionado una exagerada
campaña de temor frente al consumo de hierbas y vitaminas, cuyos
riesgos son probadamente mucho menores.
¿Cómo puede el Ministerio de Salud
poner los suplementos alimenticios adentro de la industria farmacéutica,
cuando esa industria tiene tantos reclamos de consumidores en
contra, y no tiene la capacidad para regular los efectos de sus
drogas?
Además, esta es una industria que
usa sus sustancias químicas para el concepto de enfermedades,
y usa copias sintéticas patentadas de productos naturales como
remedios y curas, mientras que la industria de la salud natural
tiene su enfoque en la mantención, prevención y protección de
la salud mediante diversos productos naturales, con numerosos
principios activos que son afines al metabolismo humano y animal,
y que actúan con una sinergia positiva tan especial y complicada
que no ha podido ser aún replicada por la ciencia humana.
Esto está percibido como contrario
a los intereses de una industria que pierde ventas de drogas farmacéuticas
cuando el público se mantiene sano. Esto define un serio conflicto
de intereses, dando a la industria farmacéutica el control de
los dos mercados vía normas y regulaciones.
POR QUE SE BENEFICIA A LA FARMACEUTICA
Razones por las que la industria
farmacéutica requiere este cambio:
Primero: Proteger sus
intereses.
Segundo: Eliminar toda la competencia natural.
Tercero: Controlar
todo el espectro del negocio químico y mantener o aumentar su
rentabilidad en el negocio de las enfermedades.
¿Cómo?
- La industria
farmacéutica, gracias al escenario creado por los Decretos Supremos
286 y 287 y sus Resoluciones complementarios, vía administrativa
pasaría a controlar un mercado de productos naturales alimentarios
y botánicos que no pueden ser patentables, y que compiten con
sus productos químicos patentados.
- Mediante
este escenario normativo que crea la categoría de fitofármacos,
se favorece la posibilidad de obtener patente en Chile sobre toda
especie botánica existente en el planeta, y que se use en nuestro
territorio nacional. La propia denominación de Fitofármacos delata
por sí misma la intencionalidad de favorecer a un sector de negocios
específico y la fármaco-monopolización de toda la gestión de salud
del país. Es importante reseñar que países más desarrollados y
con mayor investigación del tema, como por ejemplo los Estados
Unidos de América, han clasificado estos productos herbarios en
la categoría de suplementos nutricionales y pueden ser adquiridos
libremente, sin receta médica, por los consumidores en diversos
establecimientos de productos naturales. Hay que advertir que
la mayor información y conciencia de este público, han impedido
que se establezcan las normas restrictivas que ahora se han filtrado
en nuestro país.
- El Decreto
Supremo 286 permite a la industria herbolaria tradicional chilena
sólo al envasado artesanal, dejando a la industria farmacéutica
las otras formas de envasado, especialmente las hierbas en cápsulas,
que hasta ahora los pequeños y medianos empresarios del rubro
podían también utilizar. La autoridad se reserva el derecho de
autorizar qué tipo de hierbas se podrán utilizar y qué propiedades
salutíferas se podrán sugerir en la rotulación, lo que propicia
arbitrariedades con un posible menoscabo y desencuentro de la
sapiencia y experiencia popular, contrastada con la insuficiente
información científica de todas estas propiedades.
- La industria
farmacéutica, gracias a estas normas, usufructuaría además de
la prohibición a la industria herbolaria tradicional chilena del
mezclado tradicional de hierbas salutíferas, cuya efectividad
conoce toda la población consumidora de estos productos.
- La industria farmacéutica, gracias
al escenario normativo creado por el Decreto Supremo 287 y su
Resolución complementaria N° 394, publicada en el Diario Oficial
de la República del 1° de Marzo de 2002, notoriamente restaría
efectividad funcional, nutricional y competitividad a los productos
naturales denominados "suplementos alimentarios", al imponerle
reducidos límites a las vitaminas y minerales que podrán contener
respecto a sus homólogos, pero sintéticos productos farmacéuticos,
cuyos límites son muy superiores.
LLAMADO AL CONSUMIDOR DE PRODUCTOS NATURALES
Es importante reseñar que países más desarrollados
y con mayor investigación del tema, como por ejemplo los Estados
Unidos de América, han clasificado estos productos herbarios en
la categoría de suplementos nutricionales y pueden ser adquiridos
libremente, sin receta médica, por los consumidores en diversos
establecimientos de productos naturales. Hay que advertir que
la mayor información y conciencia de este público, han impedido
que se establezcan las normas restrictivas que ahora se han filtrado
en nuestro país.
Es
fácil comprobar que la tendencia de la industria farmacéutica
no es desarrollar los productos naturales, sino desarrollar y
patentar copias sintéticas de ellos, lo que significa que este
decreto promoverá la substitución de productos naturales por copias
sintéticas. Como consecuencia de esto, los productos verdaderamente
naturales eventualmente tenderán a desaparecer del mercado. Eliminar
la competencia para poder competir no es justo. Esto no está hecho
para el interés del público.
Hay suficiente evidencia científica que permite comprobar
que los principios activos salutíferos contenidos en hierbas y
alimentos naturales son tan variados, y actúan sincrónicamente
con una capacidad terapéutica tan especial, que está lejos de
ser emulada por los limitados conocimientos de la química de síntesis.
Estos productos naturales contienen además una bioenergía salutífera
proveniente de la naturaleza, que dista aún más de ser imitada
por nuestra tecnología actual.
Es por lo anterior que, apoyados en nuestros derechos constitucionales,
exigimos el libre acceso a los sistemas naturales en salud.
CARTA
DEL IESN AL COLEGIO MEDICO
Que
no se aplique 'terrorismo sanitario' contra los productos naturales
cuando se denuncien fármacos corruptos
Santiago, Enero 30 del 2002.
Ref.: Productos Naturales, Fármacos,
Publicidad, obesidad y salud.
Sr.
José Luis Castro
Presidente Colegio Médico de Chile
Santiago,
P R E S E N T E
Estimado Señor,
El Instituto de Estudios sobre Salud Natural
de Chile - IESN, es una organización multidiciplinaria
que sin fines de lucro tiene por objeto el desarrollo y difusión
de estudios fundados destinados a sostener y promover una salud
sin fármacos, como modelo de mantenimiento continuo
de salud natural.
El IESN desea manifestar a UD. que coincide plenamente con las
denuncias realizadas recientemente por el Colegio Médico
de Chile, sobre fármacos de alta peligrosidad insertos
en drogas magistrales que se comercializan en el mercado chileno
como preparados farmacéuticos anti-obesidad.
En esta oportunidad, el IESN también debe dejar en
constancia, que se ha hecho frecuente en nuestro medio que cuando
un fármaco o grupo de ellos relacionados causa alarma suficiente
pública, poderosas fuerzas logran transferir inmediatamente
la atención final de la población hacia supuestos
productos naturales, que en nada tienen relación con el
naturismo chileno, enlodando inaceptablemente su imagen y propósitos.
Para ello se utiliza todo un sofisticado mecanismo de marketing
que actúa articulada y sigilosamente a través de
gran parte de la prensa nacional.
Por lo anterior el IESN, tiene a bien solicitar su atención
a un análisis algo más extenso del que habitualmente
puede insertarse en una misiva. Múltiples razones de interés
nacional, que a continuación expresamos nos obligan a distraer
su apreciado tiempo.
Efectivamente, los cuatro psicotópicos actualmente
utilizados en Fármacos Magistrales anti-obesidad denunciados,
expresamente son materia del artículo 30 y contemplados
en la Lista II del Título V del DS 405/1984, Reglamento
de Productos Psicotrópicos. Por consiguiente deben ser
comercializados "bajo receta cheque". En la lista señalada
son rotulados como drogas:
Dietilpropión
[2-(dietilamino)-propiofenona]
Fenproporex
[dl-3{(?-metlfenetil)amino} propionitrilo]
Fentermina [?-?-dimetilfenetilamina]
Mazindol [5-(p-clorofenil)-2,5-dihidro-3H-imidazo{2,1-?}
isoindol-5-ol]
Debemos hacer presente que, desafortunadamente
- como se ha hecho común y mala práctica en nuestra
normativa farmacéutica - el cuerpo legal no define comprensivamente
o evita definir en extremo lo que en Chile se debe entender por
psicotrópico ni su espectro de uso, menos posibles usos
contraindicados. Como la mayor parte de nuestra defectuosa normativa
sanitaria, el reglamento sólo se limita a definir extensivamente,
mediante unas cuantas listas, los medicamentos que el estado chileno
reconoce oficialmente como psicotrópicos.
El alto riesgo de estas substancías es implicítamente
reconocido en el texto mencionado al señalarse inclusive
su máximo en mg por unidad posológica, siendo 10,
8, 1 y 5, respectivamente.
Por lo anterior, tendremos a bien proponer a las autoridades
la urgente modificación del cuerpo legal, para que al menos
se direccione claramente el uso permitido de esos psicotrópicos,
si nó su liquidación como verdaderas "armas químicas",
que al igual que otras preparaciones farmacéuticas de efectos
adictivos y de alto riesgo estructural, debieran prácticamente
ser destruidas, que en este caso tienen como escenario de batalla
el propio cuerpo humano con devastadores resultados.
También deseamos expresar al Colegio Médico
de Chile, que mediante el documento denominado Propuesta de Salud
Natural para Chile, entregado a las más altas autoridades
del país en Junio del 2001 por la Coalición por
el Derecho a la Salud Natural, en su sección sobre la "Cultura
del Fármaco" se proporcionó una extensa lista de
fármacos que debían ser urgentemente investigados,
la mayoría retirados del mercado mundial por representar
letales riesgos. En Anexo, algunos de ellos relacionados con el
tema de la obesidad. De estos, destacamos el anfepramona
(dietilpropion) y el fenproporex, utilizados como anoréxicos,
ambos asociados a "riesgos de lesiones valvulares y de hipertensión
pulmonar primaria".
Tal como se lo manifestamos al Sr. Ministro, Dr. Artaza,
el IESN sostiene que mediante una cierta disciplina personal,
ya sea como naturistas, vegetarianos, macrobióticos o consumidores
conscientes, es posible evitar y tratar las denominadas "enfermedades
crónico-degenerativas" de nuestras vidas. Como se puede
comprobar en la experiencia de la salud natural mundial, la incidencia
en esos sectores en de muy baja significación.
De acuerdo a nuestra experiencia, sostenemos que la medicina
convencional farmacéutica del siglo XX ha fracasado en
el tratamiento de las enfermedades que siguen patrones crónico-degenerativas,
tales como las afecciones cardíacas, el cáncer,
la diabetes, los problemas óseos y la obesidad, en cuanto
no ha arribado aún a una plataforma holística, que
involucre enfocar el problema de las personas en todos los niveles
y planos de la gestión de la salud. Por lo general, la
aparición y la cronicidad de esos desequilibrios pasan
por errores farmacéuticos, médicos, sociales y personales.
Hemos llegado a concluir, que el problema de los desequilibrios
crónico-degenerativos - la obesidad entre ellos - tiene
como causa fundamental en la ausencia total de una cultura de
prevención y de fomento de una vida integralmente sana
y de consumidores conscientes del rol fundamental de los nutrientes
esenciales en el mantenimiento de la salud. Por consiguiente,
estimamos que el problema de las denominadas enfermedades crónico-degenerativas
debe ser abordado en todas las dimensiones del ser humano, consumidor
o paciente: cambios en su estilo de vida, menor exposición
a ambientes agresivos, minimización o eliminación
del consumo de drogas y fármacos sintéticos, maximización
nutricional con mejores alimentos y suplementos alimentarios naturales.
Por esto, aunque compartimos el enfoque de la Sociedad
de Nutrición Clínica de Chile que el sobrepeso
no se elimina de un día para otro, y que en su solución
juega un gran papel el ejercicio y la dieta bien balanceada, debemos
reconocer que a menos que los alimentos sean orgánicos,
lamentablemente no existe la "dieta perfecta". La botánica
evolutiva nos demuestra la decadencia impresionante de la calidad
nutricional de los alimentos actuales respecto a los que se producían
en la agricultura campesina hace 50 años, antes de la irrupción
de la agricultura de los monocultivos y de los aditivos que aún
prevalece en nuestros días[1]. Y, aunque una persona que
siguiera una "dieta perfecta", no vive en un medio ambiente perfecto.
Al contrario, diversos agresivos factores ambientales son también
factores incidentes y contribuyen a arrebatarle al ser humano
cuantiosas cantidades de importantes nutrientes y a descompensar
su metabolismo. En este contexto los suplementos alimentarios
o dietarios que complementen vitaminas naturales y minerales,
especialmente antioxidantes, aminoácidos y otros nutrimentos
son cada vez más necesarios.
En este aspecto, también coincidimos con uno de los
científicos líderes de la medicina natural mundial,
como es el Dr. Matthias Rath, M.D., quien desde sus primeros
trabajos científicos realizados junto con el doblemente
Premio Nobel, el Profesor Linus Pauling, PhD (Química/54,
Paz/63), viene trabajando en el campo de la medicina celular.
Esta concepción científica sostiene y ha probado
que las afecciones cardiopáticas y las demás
afecciones crónico-degenerativas tienen una base común
nutricional, que no constituyen una sentencia de muerte, poseen
reversibilidad y, que en el curso del siglo XXI, la humanidad
podrá desprenderse de ellas.
En particular, en nuestra cultura farmacéutica, la
obesidad se encuentra verdaderamente entrampada entre fármacos
contradictorios. Así otros fármacos, destinados
a atenuar otros diversos desequilibrios crónicos desarrollan
verdaderas resistencias metabólicas a la pérdida
de peso y hacen fracasar parte importante de los más agresivos
tratamientos a las que se someten tradicionalmente las personas
obesas. Entre las drogas más perniciosas, además
de los psicotrópicos, están las hormonas sintéticas,
los fármacos anti-artríticos y en menor medida,
incluso los diuréticos y los cardiovasculares. Lo paradójico
que todos ellos podrían evitarse si hubiera una actitud
en Chile mas abierta y positiva hacia los suplementos dietarios
naturales con nutrimentos naturales, no sintéticos, NO
FARMACEUTICOS. Es reconocido en todo el mundo, en medicina natural,
que para cada grupo de medicamentos mencionados existe una
alternativa nutricional natural eficaz, sin contraindicativas
medicamentosas. A diferencia de los productos farmacéuticos,
estos productos naturales no alivian, no subsidian ni reemplazan
las capacidades curativas del propio cuerpo, sino que las fomentan
y las hacen posible.
Esta simple comprobación es la razón de que
en Chile 500.000 vegetarianos y 3.000.000 de consumidores de productos
naturales se hayan vertido a adoptar una mayor participación
en la gestión de su propia salud. Entendemos que este fenómeno
creciente inquieta a poderosos intereses farmacéuticos,
razón por la cual han dinamizado y dinamizan cada cierto
tiempo en nuestro país campañas, que si puede rotularse
como verdadero "terrorismo sanitario", destinadas a oscurecer
o desprestigiar y restringir el movimiento hacia una salud natural,
a las que muchas veces nuestras autoridades sanitarias y a veces
académicas han prestado inercial atención.
Para evitar equívocos, debemos definir qué
se entiende como producto natural o suplemento dietario o alimentario.
Para ello, podemos recurrimos a lo rigurosamente establecido en
la enmienda constitucional de los EE.UU. de Octubre de 1994, plasmada
en su Ley Pública N° 103-417, Sección 3, [a],
(DSHEA: Dietary Supplement Health and Education Act de 1994):
"suplemento dietario es un producto destinado a suplementar
la dieta que lleva o contiene uno o mas de los siguientes ingredientes
dietarios: (A) una vitamina; (B) un mineral; (C) una hierba u
otro botánico[2]; (D) un aminoácido; (E) una substancia
para ser usada por el hombre para incrementar su dieta; o (F)
un concentrado, metabolito, constituyente, extracto, o combinación
de cualquiera de los ingredientes descritos en las cláusulas
(A), (B), (C), (D), o (E)".
Igualmente, la Oficina de Suplementos Dietarios, ODS (Office
of Dietary Supplemets), organismo dependiente del Instituto Nacional
de Salud (NIH) de los EE.UU., precisa como alcances de la DSHEA
que "Los suplementos dietarios pueden ser obtenidos en muchas
fuentes comerciales incluyendo almacenes de alimentos para la
salud, tiendas de comestibles, farmacias, y en muchas formas incluyendo
tabletas, cápsulas, polvos, cápsulas blandas, extractos,
líquidos, etc.".
Para delimitar la conceptualización que iniciamos,
en esta oportunidad es necesario agregar, 4 notables características
que hacen la diferencia entre un producto natural y un producto
farmacéutico:
1) El producto natural sólo contiene fitonutrientes,
ingredientes provenientes del mundo vegetal sin más manipulación
que su deshidratación, pulverización o maceración
alimentaria.
2) Un producto natural no contiene materias o substancias
sintéticas, aisladas químicamente del resto de la
familia de nutrientes que integran una planta.
3) Un producto natural es alimentario y salutífero
a la vez, no está destinado a combatir ninguna enfermedad,
no está destinado a reemplazar las capacidades curativas
del cuerpo humano, sino a fomentarlas. Es decir está dirigido
al sostenimiento natural de la salud.
4) Los méritos de un producto natural no requieren
ser probados en laboratorios, han sido probados en el uso dado
por los pueblos, en base a la experiencia ancestral. Los atributos
del Panax ginseng o del Ginkgo biloba, por ejemplo, han sido testeados
durante miles de años. De aquí que el uso de especies
vegetales - tanto individual o en combinación de dos o
más - no posean efectos secundarios o si los poseen en
un determinado caso son de tan baja significación como
se puede presentar en cualquier otro alimento o combinación
alimentaria. Son excepcionales las plantas que poseen efectos
tóxicos, cuando es el caso la medicina natural no los utiliza,
justamente debido a su agresividad.
La Asociación de Salud Natural, uno de los
miembros de la Coalición por el Derecho a la Salud Natural
tuvo a bien representar hace unos días atrás al
Sr. Subsecretario de Salud y ex Director del ISP, que el método
de "terrorimo sanitario", que ha afectado al naturismo chileno
desde hace varios años tiene como su centro óptico
inmediato los productos naturales, alimentos integrales y suplementos
dietarios, que forman parte del protocolo nutricional que impulsa
el movimiento hacia la salud natural. El "terrorismo sanitario"
no discrimina entre productos tipo "compre-ya", la mayoría
productos farmacéuticos promovidos como naturales, con
altísima publicidad masiva que la Coalición rechaza
de los realmente bien denominados productos naturales producidos
con ingredientes naturales no sintetizados por proveedores responsables,
conforme a la definición anterior. Justamente lo que aparentemente
busca ese "terrorismo sanitario" es confundir a la población
ligando productos naturales con temores e incertidumbres, con
ello poderosos intereses farmacéuticos intentan retardar
el inminente vuelco de la población hacia la salud natural.
Esta ha sido la experiencia internacional.
El engaño farmacéutico puede llegar a ser
tremendamente mayor. A veces miles de veces mayor y más
sofisticado, y lo peor que en este caso puede estar comprometida
la vida.
Poderosos intereses han estado detrás de conocidas
campañas que estuvieron en el pasado destinadas a sembrar
temores hacia el uso de las vitaminas, desatando en Chile verdadera
"vitaminofobia". Las hierbas salutíferas - no confundir
con fitofámacos - han sido descalificadas y calificadas
con todos los epítetos, producto del desprecio reduccionista,
evolucionando desde inocuas, en el pasado, hasta calificarlas
ridículamente a límites de riesgo farmacéutico,
en el presente.
La aparente contradictoria actitud que ha seguido la industria
farmacéutica tiene como fundamento en sus intentos de famacomonopolizar
y "cartelizar" el mercado de las vitaminas y otros nutrimentos
alimentarios, en relación a su distribución geográfica,
producción y fijación de precios. Así fue
puesto al descubierto y fuertemente castigado por juicios llevados
en los dos últimos años tanto en los EE.UU como
en la Comunidad Europea. En esta oportunidad los megaconsorcios
farmacéuticos que estuvieron involucrados fueron la suiza
Hoffmann-La Roche y las alemanas BASF y Merck,
la francesa Aventis y otras menores, la belga Solvay,
y las japonesas Daiichi, Eisay y Takeda, varias con productos
comercializados en Chile. El cartel había afectado la competencia
en el mercado de las vitaminas sintéticas A, E, B1, B2,
B5, B6, C, D3, H (biotina) y M (ácido fólico).
Las vitaminas sintéticas patentadas no pueden competir
en efectividad con las vitaminas de origen natural. De aquí
por qué el consumidor informado prefiere los productos
naturales y desecha las vitaminas de origen químico. Además
como conoce el "rebote farmacéutico", el consumidor informado
al preferir los productos naturales evita los efectos secundarios
de los fármacos, en este caso las sintéticas, que
lo obligarían a posteriori a adquirir otros fármacos
diseñados especialmente para aliviarlos y el extra costo
que involucra el síndrome.
Por ello, nos parecen bastante obvios los objetivos que se buscan.
El control mundial de las vitaminas y demás cinco nutrimentos
esenciales. Con ello se busca en una primera etapa restringir
internacionalmente el acceso de la población a vitaminas
naturales, no farmacéuticas. Segundo, producir a
gran escala vitaminas sintéticas, petroquímicas
de bajo costo productivo. Tercero, reemplazar las vitaminas
naturales por sintéticas, de baja efectividad. Cuarto,
aumentar el precio de las vitaminas sintéticas, maximizando
el beneficio comercial. Quinto, evitar la competencia de
alternativas nutricionales efectivas respecto de fármacos
moleculares y genéticos, de alto costo para el consumidor
y de altísima rentabilidad para los consorcios farmacéuticos.
Etc...
Las conductas monopolistas de las farmacéuticas,
como las suficientemente demostradas, nos impulsan a pensar que
una nueva y sana legislación debería en urgencia
comprender la separación entre los mercados de los alimentos
y el de los fármacos. De esta manera se evitaría
la "integración vertical del monopolio farmacéutico
y alimentario" que distorsiona actualmente la competencia de ambos
mercados. Téngase presente, que el resto de la legislación
chilena establece mecanismos con las especificaciones sectoriales
de cada caso, que sanciona tanto las "integraciones verticales"
como las "integraciones horizontales". Uno de los pocos sectores
"intocables" que quedan todavía es el mercado farmacéutico,
cuya normativa sanitaria hace posible mononopolismos extremos.
Ya es tiempo de que la autoridad ministerial, la legislatura
y la sociedad incorpore racionalidad y proteja en definitiva al
consumidor. Es el momento de redireccionar la actividad farmacéutica,
ahora bajo la norma general de la Ley Anti Monopolio. El mercado
de los alimentos y de los nutrientes naturales no debe estar en
manos del negocio farmacéutico, aunque posea la sofisticada
capacidad industrial que posee. Su negocio es el negocio de las
enfermedades. Tal vez la excepción podría ser las
vitaminas y otros nutracéuticos sintéticos. Las
farmacias sólo deben expender fármacos y los almacenes
de productos alimentarios sólo deben expender alimentos
y suplementos alimentarios.
Tampoco se debe aceptar la promoción engañosa
de productos, cualquiera sea su origen. Nótese que no hemos
mencionado productos naturales ni farmacéuticos, pues la
publicidad engañosa es en todas partes un delito sancionable
por Ley. En todos los mercados existen empresarios inescrupulosos
que mediante mecanismos de marketing pueden transformar cualquier
preparado en panacea, procesos que se debe rechazar éticamente.
Ni el Colegio Médico, ni otra entidad responsable ni nadie
debe caer en confundir a la población creando un escenario
para que esta rechace productos naturales porque la autoridad
no es capaz de emprender acciones que sancionen prácticas
específicamente dolosas. Téngase presente, que los
productos naturales siempre constituirán la verdadera y
única reserva que tiene la humanidad para la gestión
y mantenimiento continuo de la salud y sobrevivencia.
Llama la atención que en el mercado farmacéutico
mundial existen alrededor de 20.000 drogas comercializadas inútiles
y que todavía no se emprendan acciones para retirarlas
del mercado. La mayoría, de dudosos fundamentos científicos,
sustentados en estudios realizados por sociedades comerciales
intermedias dedicadas a encontrar o comprar los argumentos sanitarios
a instituciones académicas que permitan la autorización
sanitaria en los países objetivos, como es el caso de empresas
conocidas en los países mas industrializados como las Organizaciones
de Investigación por Contrato (CRO, en inglés),
que en apenas diez años han creado un nuevo modelo de investigación.
[3]
Las CRO, que cuentan con médicos, farmacéuticos,
bioestadísticos y gestores, ofrecen una red de centros
en los que ponen en práctica los protocolos, envían
los informes a las empresas patrocinadoras, que al final son las
que analizan los datos. Varios cientos de CRO compiten por el
negocio de los experimentos farmacológicos. El nuevo modelo
de investigación también ha originado las SMO,
subcontratadas por las CRO para que organicen redes de médicos
locales, garanticen la rápida captación de pacientes
y envíe los datos de los casos prácticos. Estas
organizaciones, criticadas en Europa por producir datos de baja
calidad, venden sus servicios a los laboratorios, que además
eluden así recurrir a los centros universitarios de mayor
costo. [4]
También es conocida la preocupación de las
Revistas Científicas de circulación mundial para
publicar investigaciones con influencia de interés farmacéutico.
La publicación de los ensayos clínicos es muy importante
para el investigador, la comunidad científica y la industria.
De allí, que alarmados ante la presión que ejercen
las compañías farmacéuticas sobre los resultados
finales de los ensayos clínicos, los editores de las principales
revistas médicas han suscrito una declaración conjunta
para garantizar su independencia y la de los investigadores frente
a la industria. Entre las revistas que participan en el acuerdo
están 'The New England Journal of Medicine', 'The Lancet',
'Annals of Internal Medicine' y la revista de la Asociación
Americana de Medicina, 'Journal of the American Medical Association'
(JAMA). [5]
Los que hemos mencionado en esta carta no es desconocido
por los centros de investigación científica y deben
ser informado a nuestras autoridades sanitarias.
Los métodos de extrapolación desde la veterinaria
hacia la medicina humana, también son cuestionables tanto
ética, compasiva y científicamente. Tal vez,
gran parte del fraude o error medicamentoso esté radicado
en aceptar como pruebas de laboratorio en animales para que en
definitiva un producto pueda ser comercializado o nó y
contar con su registro farmacológico humano en el ISP.
Errores medicamentosos como el que comprometió los
productos Baycol/Lipobay de la Industria Bayer y que anunció
retirarlos del mercado mundial a mediados del 2001, poniendo en
riesgo su principal estrategia comercial, ponen en duda la infalibilidad
de los productos farmacéuticos, sus interacciones y el
riesgo vital que representan. Este consorcio que es bastante conocido,
ha sostenido una impresionante publicidad en todos los medios
y en todas partes, no sólo en Chile - que no calificamos
ni cuantificamos todavía - desde antes ese lamentable episodio,
sosteniendo a través de uno de sus productos, la garantía
de su marca y vice versa. En ella se ha logrado hasta comprometer
a directivos profesionales que recomiendan su producto e indirectamente
su logo empresarial, trasgrediento normas legales que impiden
a médicos vender productos farmacéuticos.
¿Es necesaria en Chile, una legislación
que obligue a los preparados farmacéuticos declarar los
efectos indeseados en la misma publicidad que los promueve, similar
al bien aplicado caso del cigarrillo?. ¿Publicidad institucionalmente
engañosa?
Así como la Aspirina, en menor medida
se realizan varias otras promociones millonarias, como la Cafiaspirina,
el analgésico Tapsin en varias de sus versiones
farmacológicas y los adelgazantes farmacéuticos
como el Adelgazul del Laboratorio Maver, los productos
pseudo naturales, sintéticos Better Life del Laboratorio
Chile, y otros muchos como Venoplast, Paracetamol, Zolven,
Predual, productos anti-tusivos, fármacos antiácidos,
anti-micóticos, etc, todos ellos expresando una verdad
a medias, sin advertir sus efectos colaterales, los peligros del
sobre uso, etc. y además comprometiendo inmensos recursos
de varios canales televisivos y prensa nacional.
¿La promoción de una porción de
los atributos sin reconocer el lado oscuro de los preparados del
negocio farmacéutico, es promoción engañosa?
¿Que se puede decir de la publicidad engañosa
de la inmensa red de vendedores/promotores o visitadores médicos
que concurren a los despachos de estos profesionales para mostrar
los atributos de los nuevos y antiguos productos farmacéuticos
para que a su vez la recomienden a sus pacientes, que después
de la "prueba del mercado" se constata que no cumplen con las
expectativas o perjudican aún más a los consumidores?.
¿Promoción engañosa?
El negocio que se mueve es tan enorme que requiere de todas
las entidades relacionadas con la salud para que pueda ser abordado
integralmente.
Por todo lo anterior, el IESN ha llegado a la conclusión
que es urgentemente necesario revisar profundamente toda la normativa
marcadamente profarmacéutica que rodea la salud en Chile
y que hace posible las distorsiones analizadas en esta misiva.
Estaremos complacidos si el Colegio Médico asume el liderazgo
de esta tarea y el MINSAL adquiera la capacidad de sacudirse de
la anacrónica legislación, obsoleta mentalidad administrativa,
y de la tradicional actitud persecutoria del futuro de la medicina,
la medicina natural, donde sin duda los alimentos integrales y
los productos naturales jugarán un papel estratégico,
todo apuntando a que las personas realmente asuman un rol activo,
centrado en el control de la gestión de su propia salud.
En ese escenario, IESN está cierto que todo el movimiento
chileno hacia la salud natural se plegará con todas sus
fuerzas. Solicitemos al Sr. Presidente de la República,
Don Ricardo Lagos, una audiencia especial para expresar esta solidaridad
humana entre Colegio Médico y los representantes de los
movimientos que propenden hacia la salud natural, para expresarle
nuestros planteamientos comunes.
Finalmente, en el tema que dio origen a esta misiva, podemos
decir que si 2 a 3 o 6 millones de chilenos están relacionados
de alguna manera con la obesidad, es entonces un TEMA PAIS y por
tanto justifica desarrollar programas holísticos más
motivadores para combatir la obesidad de las personas, pero todo
el sustrato de información relacionado con fármacos
debe ser proporcionado a la población abiertamente. Por
todo lo anterior, insistimos en invitar al Colegio Médico
de Chile a emprender un gran proyecto nacional hacia una vida
más sana y natural de nuestra población. En esta
perspectiva, el país podrá ahorrar varios miles
de millones de dólares, ahorro social ciertamente importante,
liberador de significativos recursos económicos que podrán
ser destinados a otras áreas de alto interés nacional.
Saluda a Ud. muy atentamente,
Luis Valenzuela Rodríguez
Instituto Estudios Salud Natural de Chile
Suscribe la misiva,
Asociación de Salud Natural de Chile A.G.
Sergio Córdova Tamara Pinkerton
Presidente
Secretaria
________
[1] En 1948, la espinaca contenía 158 miligramos
de hierro por cada 100 gramos. Hoy es difícil encontrar
en la misma cantidad de espinaca más de 2.2 miligramos
de hierro. Colgan, Michael, Ph.D. "El por qué y cómo
seleccionar un buen suplemento nutricional". Por otra parte, si
la dieta utiliza harinas blancas, respecto a la harina integral
se pierden los siguientes nutrientes: 25% de proteínas,
95% de fibras, 56% de calcio, 84% de hierro, 69% de fósforo,
74% de potasio, 76% de zinc, 62% de cobre, 82% de manganeso, 52%
de selenio, 73% de Vitamina B1, 81% de Vitamina B2, 80% de Vitamina
B3, 56% de Vitamina B5, 87% de Vitamina B6, 59% de Fotalo, 95%
de Vitamina E. Robbins, John. "The Food Revolution".
[2] Se debe entender como elementos botánicos a todo nutrimento
vegetal o fitonutriente contenido en las plantas.
[3] El País Digital. España. Edición del
30 de octubre de 2000.
[4] En 1991, el 80% del dinero destinado por la industria farmacéutica
americana a experimentos clínicos iba a parar directamente
a las facultades de medicina y hospitales universitarios. En 1998,
la cifra cayó en picado el 40%. El País Digital.
España. Edición del 30 de octubre de 2000.
[5] El Mundo. España. Agosto 06 de 2001.
___________
Cc.- Sr. Presidente de la República, Don
Ricardo Lagos. - Sr. Asesor de la Presidencia, Dr. Hernán
Sandoval. - Sr. Ministro de Salud - Sr. Subsecretario de Salud
- Sr. Director del SESMA - Sra.Directora del ISP - Sr. Director
del SERNAC - Comisión Salud Cámara Diputados - Coalición
por el Derecho a la Salud Natural - Diario La Tercera - Diario
Las Ultimas Noticias - Sr. Director del Diario El Metropolitano
- Canal Chile Visión
ANEXO
Peligrosos Fármacos Anti-Obesidad:
___________
ANEXO
Fenfluramine: [Anoréxico]. Tanto este
fármaco como el dexfenfluramine ha sido causantes de hipertensión
pulmonar primaria. Casos registrados en Suiza, Alemania y Austria;
a raíz de estos resultados, el Comité de Especialidades
Farmacéuticas de la UE(CPMP) hizo públicas unas
recomendaciones para restringir el uso de todos los anorexígenos
de acción central. Retirado del mercado español.
Ver también los fármacos Desenfluramine, Fentermina.
[1]
Fentermina: [Anoréxico]. En julio
de1997, investigadores de la Clínica Mayo notificaron a
la Food and Drug Administration (FDA) norteamericana que habían
identificado 24 casos de anomalías valvulares cardíacas
en pacientes tratadas simultáneamente con los anorexígenos
fenfluramina y fentermina (en medicamentos separados). Todas presentaban
síntomas y el ecocardiograma mostró afectación
valvular. Ninguna de ellas tenía historia previa de cardiopatía.
Ver también los fármacos Fenfluramine, Desfenfluramine.
[1]
Dexfenfluramine: [Anoréxico]. Fueron
registrados casos de lesiones cardiovasculares y ha sido causante
de hipertensión pulmonar primaria. Casos registrados en
Suiza, Alemania y Austria; a raíz de estos resultados,
el Comité de Especialidades Farmacéuticas de la
UE (CPMP) hizo públicas unas recomendaciones para restringir
el uso de todos los anorexígenos de acción central.
Retirado del mercado español. [1]
Fumarato de aminorex: [Anoréxico].
En 1968 se retiró del mercado, responsable del aumento
de incidencia de hipertensión pulmonar primaria en mujeres
jóvenes, aunque los intentos de reproducir el cuadro en
aninales (incluso primates) no dieron resultado.[1]
Phenolphthalein: [Laxante, Adelgazante]. Causó
daños a los riñones, delirium y muertes. [2]
Phenilpropanolamine: [Obesidad, Resfríos]. Fármaco
sintético. Denunciado en Noviembre de 2000 por la NEJM,
Mass., EE-UU. como factor de riesgo de hemorragias cerebrales
en mujeres jóvenes. Fármacos que lo contienen: Acutrim,
Alka-Seltzer, Comtrex, Contac, Dexatrim, Dimetapp, Robitussin,
Tavist-D y Triaminic. [4]
Redux, dexfenfluramine: [Disminución del peso].
Daños al corazón. Retirado del mercado
en septiembre de 1997. [3], [4]. La dexfenfluramine ha sido causante
hipertensión pulmonar primaria. [1]
Otros anoréxicos bajo sospecha: Asociados
a riesgo de lesiones valvulares y de hipertensión pulmonar
primaria, anfepramona (Delgamer®), el clobenzorex (Finedal®)
y el fenproporex (Antiobes retard®, Dicel®, Grasmin®
y Tegisec®) [1]
____________
[1]: CFN (Centro de Fármacovigilancia de
Navarra), España.
[2]: Dr. Roy Kupsinel, Vivisection - Science or Sham, 1990 y Dr.
Hans Riesch, Naked Empress or The Great Medical Fraud, 1992 .
[3]: Thomas J. Moore. FDA in Crisis, 2000.
[4]: NEJM (New England Journal of Medicine. Massachusetts Medical
Society, USA.
|
SALUD
NATURAL * INFORMA
SALUD NATURAL *
INFORMA * SALUD NATURAL *
INFORMA
-
El Instituto de Estudios de Salud Natural - IESN CHILE, hizo entrega
de la versión preliminar de la Propuesta
de Salud Natural
para Chile (PSN) en Diciembre del 2000 a la Asociación de
Salud Natural A.G. y por su intermedio a la Coalición Por el Derecho
a la Salud Natural de Chile. Dicho estudio fue revisado y enriquecido con
diversos aportes y tomó su versión final en Mayo del 2001.
En Junio del 2001, la PSN fue entregada en el Pälacio de La Moneda,
al Presidente Ricardo Lagos y en Julio fue remitida a gran parte de la
Cámara de Diputados y a varios Senadores que mostraron interés
sobre el tema de la salud natural.
- En este documento
se identifican y se analizan críticamente los 6 factores que atentan
permanentemente contra la salud de los chilenos: los malos hábitos
alimentarios de la población, los contaminantes ambientales, los
aditivos químicos presentes en los alimentos procesados, los biocidas
utilizados en la agriculura prevaleciente, los pseudos-alimentos transgénicos
y la cultura del fármaco institucionalizada en nuestro país.
- Dentro de lo
que se ha denominado como la Cultura del Fármaco,
existe una poderosa red institucional que debe ser comprendida y asimilada
para poder comenzar a mover los obstáculos normativos que impiden
el desarrollo de la una auténtica salud natural como prioridad en
las políticas de salud pública de nuestro país.
- Teniendo presente
la importancia de este tema de salud pública, el IESN, a partir
de Junio del 2001, comenzó a editar SALUD
NATURAL * INFORMA, como un boletín informativo de la
Asociación Salud Natural de Chile.
saludnatural2000@yahoo.com
| iesnchile@yahoo.com
Ver Boletines anteriores
con importantes antecedentes:
Boletín
n°12
- Febrero 2002
- http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf12.html
•
LA HIERBA DE SAN JUAN BAJO ATAQUE
2.400 años de múltiples usos
Chile exporta la mejor Hierba de San Juan del mundo
El uso como planta antidepresiva quita el sueño a las drogas
farmacéuticas
Boletín
n°11
- Enero 2002 -
http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf11.html
•
El Té Verde. Fitonutrientes para la Salud
Una
bebida salutífera
Es una planta que las
empresas farmacéuticas no pueden patentarla!!
•
Foro Regional sobre Soberania Alimentaria
Evento realizado en la ciudad de Temuco condenó
la actividad pro-farmacéutica internacional del CODEX
La directora de la ASN, Sra. Tamara Pinkerton informó
acerca de la última reunión del CODEX realizado en
Berlín (26/30/Nov).
Boletín
n°10
- Nov/Dic -
http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf10.html
•
Fitonutrición. Las hierbas como alimentos
•
El Camino patural de la producción, venta y consumo de productos
naturales
•
Envían "Declaración de Limache" a la Ministra de Salud
•
"Salud natural en lugar de enfermedad farmacéutica".
Reunión del Codex en Alemania.
Boletín
n°9 -
Noviembre - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf9.html
•
El "Encuentro sobre Hierbas para la Salud"
•
La "DECLARACION DE LIMACHE"
•DETENGAN
EL "CODEX ALIMENTARIUS"
•RECHAZAN
MEDIDAS PRO-FARMACEUTICAS DEL MINSAL
Boletín
n°8 -
Noviembre - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf8.html
•
Las Nobles Hierbas Chilenas
Los
funcionarios del MINSAL desconocen los atributos culinarios, salutíferos,
aromáticos y cosméticos de las hierbas.
El
MINSAL pretende famacopolizarlas.
Salud
Natural al rescate de las hierbas nativas y de todas las que pertenecen
al patrimonio de la humanidad.
Boletín
n°7 -
Octubre/Noviembre - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf7.html
•
Salud Natural aún Bajo Ataque
•
Los límites a los nutrientes de los Alimentos Fortificados y a los
Suplementos Alimentarios
•
La
Proposición de la ASN
•
Versión completa de los Proyectos de Decretos Supremos 286 y 287
Boletín
n°6 -
Octubre - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf6.html
•
Los Antinutrientes. Efecto devastador en el cuerpo humano.
•
Otro ataque farmacéutico contra la Vitamina C.
•
Medios de prensa se protegen de la manipulación farmacéutica
•
Mc
Donald's. Un punto de vista diferente. La crítica de la Salud Natural
Boletín
n°5 - Septiembre/Octubre -
http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf5.html
•
¿Fitofármacos? o Fitonutrientes
•
Más sobre el SIDA
•
Notas Eco&Nutricionales
1.
Disminución de la Capa de Ozono: Se pide que Chile sea declarado“país
vulnerable”
2.
Aditivos y etiquetado de los alimentos
Boletín
n°4 - Agosto/Septiembre -
http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf4.html
•
La Reforma de la Salud y la ausencia de Salud Natural.
•
¿Qué está contraindicado, un suplemento alimentario
o un fármaco?
•
El Síndrome de Popeye
Boletín
n°3 - Julio/Agosto - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf3.html
•
Alarma pública por fármaco anticolesterol de la Bayer. El
Baycol y el LipoBay es retirado del mercado. ¿Comienzo
del fin de la era farmacéutica?
•Nota
positiva - SESMA retira aceite de oliva producido con orujo.Una cucharada
del producto equivaldría a fumarse 58 cigarrillos.
•¿Y
de la nueva normativa sobre los alimentos y suplementos naturales, qué
se sabe?. En
noticiero TVN, trascendió nueva postergación.
•Los
métodos de la salud natural rechazan el test de sus productos en
animales. El
mejor método es el sometido por la propia naturaleza y el conocimiento
ancestral. La
medicina humana no
puede basarse en la medicina veterinaria.
•
La Asociación de Salud Natural nuevamente pide al Minsal definiciones
más precisas en conceptos de salud pública.
Boletín
N°2 - Junio/Julio - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf2.html
•
Vitaminas y minerales - Industria Farmacéutica Vs Salud Natural
•La
"Propuesta de Salud Natural para Chile" fue entregada a la Cámara
de Diputados
•
"Guerra medicinal" - Respuesta al Director del diario Las Ultimas Noticias
•
Se recharazan las concentraciónes límites que se pretenden
imponer a los productos naturales
Boletín
N°1 - Junio 2001 - http://www.oocities.org/iesnchile/salud/salnatinf1.html
•
Reunión con el Jefe de Gabinete del Minsal. Se suspende aplicación
del Decreto 855/99 por tres meses.
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Fue entregado positivo aporte para la Reforma de la Salud en Chile.
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ISP y el Control de Calidad de medicamentos en el mercado Nacional.
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Salud Natural pendiente en el Minsal. Funcionarios del Ministerio no responden.
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Salud Natural reclama por promoción pro-farmacéutica de funcionaria
del ISP.
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Campaña de prensa atenta contra una adecuada nutrición.
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Se pide al Director del ISP equidad en el ejercicio de sus funciones respecto
a Salud Natural.
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La Asociación Salud Natural (ASN) formula sus observaciones
a propuesta de reforma del DS 855/99.
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La Asociación de Salud Natural expone nuevamente sus requerimientos
de reforma.
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Trascendental acuerdo de la Cámara de Diputados sobre Salud Natural.
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URGENTE!!!
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Necesitamos
su importante apoyo a la Salud Natural en Chile: Enviar su adhesión
a: saludnatural2000@yahoo.com
| iesnchile@yahoo.com
Invitación:
Llamamos
a la comunidad científica, médicos, químicos, bioquímicos,
virologistas, nutricionistas, veterinarios, profesionales de la salud,
ingenieros, profesores y profesionales de las distintas disciplinas a unirse
a nuestro COMITE CIENTIFICO PRO SALUD NATURAL (CCPSN-CHILE). Enviar curriculum
y señalar el campo de aporte intelectual a: iesnchile@yahoo.com. |
AVISOS
GRATUITOS
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PsicoYoga
Gran Fraternidad Universal - Fono: 251590
Distintos horarios
Av. Brasil 1486 Valparaíso |
"Saludando
las Estrellas" Patricio Varela
Radio Portales AM 118 Lu-Vi 21:00 hrs |
Yoga Integral
Granja Homa de Limache Jueves 18:00 hrs Fono:
032 236161
Av. Concepción 160 Limache |
EVENTOS
y actividades
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Tai Chi
Gran Fraternidad Universal Lu
o Ma 19:00 hrs; Mi o Vi 18:00 hrs Fono: 251590
Av. Brasil 1486 Valparaíso.
|
Curso: "Cocina
Vegetariana"
Gran Fraternidad Universal. Fono: 251590
Ma - Vi 18:30 hrs
Av. Brasil 1486 Valparaíso |
"Armonía
Natural "
Nilde Valenzuela
Radio Valparaíso AM 121 Lu-Vi 12:00 hrs |
Encuentros
"Sobre Salud Natural"
Sábados 17:00 hrs F: 032
236161
Centro CENIUS. Condell 1263 Valparaíso |
Encuentros
en Granja Homa de Limache - Todos los domingos [10:00
a 20:00 hrs]
Programa: 1)
Clase de Yoga o Tai Chi (gratuíta). 2) Almuerzo vegetariano
comunitario. 3) Papel de grandes temas: alimentación vegetariana,
trasgresiones a la salud, hierbas salutíferas, efectos de los fármacos,
alimentos sobreprocesados y productos agrícolas comerciales en la
salud humana. 4) Meditación.
Nota: Traer merienda vegetariana. [Sin huevos. No
traer bebidas artificiales, productos cárneos (carnes rojas,
blancas, pescado, mariscos, ave), latas de conservas, tabaco o licor].
Existen facilidades para calentar los alimentos.
Avisar participación a:
Fono 032 236161 ó E-mail iesnchile@yahoo.com
Av. Concepción 160 Limache - Chile [Kilómetro
41] |
Asamblea
General de Socios de la ASOCIACION DE SALUD NATURAL DE CHILE
A.G.
Se realizará el próximamente en Santiago.
Llamar a 02 6335217 o escribir a saludnatural2000@yahoo.com
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VIDEO SOBRE EL CODEX ALIMENTARIUS.
Contiene diversas conferencias del Dr. Matthias Rath y del grupo
científicos que apoyan la libre disposición de los
productos vitamínicos y suplementos alimentarios naturales.
Todas las exposiciones apuntan hacia una salud sin fármacos.
En VENTA [$2.500] en el local de la Asociación de
Salud Natural A.G., Marcoleta 414, Fono: 633 5217. Santiago y en
todos los Centros Naturistas de Chile. |
Primer
Seminario Nacional de Apiterapia. Se realizará entre
los dias 25 y 29 de abril del 20002 en Santiago.
Mayores informaciones se pueden solicitar a nuestro mail apitecnia@entelchile.net
ó tambien al celular 09 744 00 07. |
SANADORES
DEL MUNDO
- - - 1er Seminario Internacional de Medicinas Alternativas
A desarrollarse el Sábado 30 de Marzo de 2002, de 9.30 a 19.30 horas,
en el salón principal del Centro de Convenciones Diego Portales,
de Alameda 233. Adhesiones numeradas, valor general $ 10.000.- Estudiantes
$5.000.-
Adquiéralas en CENTRO OHANI, en Nevería Nº 4697 casi esquina
de San Pascual a 2 cuadras del Metro Escuela Militar, Las Condes
Fonos : 2075968 -2084148 -Fax 2078122 E-mail : centro_ohani@yahoo.com
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