EL DERECHO A LA SALUD
NATURAL
1.- La salud es un bien irrenunciable que debe
ser cuidado y perfeccionado continuamente por
el propio ser humano.
2.- Proclamamos el derecho irrenunciable del
consumidor a optar libremente por un modelo natural
para mantener la salud. El Estado debe proveer
la asistencia técnica que sea necesaria
para las personas puedan hacer un eficiente ejercicio
de sus derechos.
3.- Los herbolarios, yerbateros, los centros
naturistas, los locales de productos orgánicos,
las parcelas de producción agroecológicas,
los restoranes vegetarianos, los centros de elaboración
y distribución de productos naturales no
farmacéuticos, los institutos de desarrollo
humano y de difusión de terapias alternativas
y de la salud natural y ambiental y todos los
ciudadanos que promueven principios de una vida
sana tienen el derecho irrenunciable a mantener
sus actividades e invocar la protección
de sus derechos constitucionales.
SALUD NATURAL (vs) PREPARADOS
FARMACEUTICOS
4.- Los preparados farmacéuticos sintéticos
solamente alivian los síntomas, pero no
sanan. La gran mayoría de los fármacos
han mostrado su ineficacia para tratar las
afecciones crónicas y presentan
serios efectos adversos que generalmente son mayores
que los beneficios sostenidos por su promoción
médica. Gran parte de los problemas crónicos
que padecen las personas ha sido originados por
el consumo prolongado en el pasado de fármacos
que intentaron curar otras afecciones. Justamente,
los fármacos han comenzado a ser acusados
de promoción médica engañosa
en varios países.
5.- Basados en la experiencia y en la información
científica actualmente disponible, reconocemos
la superioridad de las hierbas salutíferas,
culinarias, aromáticas y cosméticas
y de los productos nutricionales para tratar
los problemas crónicos y mantener la salud.
6.- La medicina natural es la medicina basada
en la evidencia, en los nutrientes y en las terapias
de la naturaleza. La medicina natural no alivia
los síntomas, no invade, no agrede, ni
reemplaza la capacidad curativa que posee el cuerpo
humano. La farmacéutica sintética
es el negocio de las enfermedades, sólo
alivia, engaña al cuerpo, sustituye sus
capacidades, subsidia, no permite que maduren
los sistemas de defensa del cuerpo humano, no
sana las enfermendades crónicas y crea
nuevas enfermedades.
INFLUENCIA FARMACEUTICA
7.- Los consorcios farmacéuticos necesitan
colocar en el mercado al menos una nueva mólecula
cada año, que le permita rentabilizar
su negocio con un beneficio neto de millones de
dólares anuales. Según la propia
industria farmacéutica, en promedio destina
cerca del 18% de sus ventas a investigar qué
nueva molécula pueden incorporar en el
mercado. Estas cifras revelan lo que está
en juego y el por qué se oponen ferozmente
a que se comercialice una bolsa de hierbas de
$500 pesos chilenos o un pote de suplementos herboreos
o alimentarios de $4000 o $5000 en el mercado
nacional, frente a medicamentos institucionales
de $20.000 o $115.000. La farmacéutica
conoce su vulnerabilidad y la amenaza que representan
los productos de la medicina natural.
8.- Advertimos que las
empresas farmacéuticas, en Chile como en
todo el mundo y en todos los niveles donde extienden
su influencia, han declarado una guerra soterrada
a los productos naturales que les son altamente
competitivos y a los preparados en base a hierbas,
naturalmente salutíferas. La farmacéutica
les ha atribuido toda clase de peyorativas, olvidándose
ella misma de sus propios origenes. Después
de 60 años de fracasos, de alejamiento
de lo natural, ahora ven en estos productos un
peligro -inminente y creciente- que pone en riesgo
un negocio seguro y trillonario. Ellas buscan
la sobrevivencia a largo plazo en un mercado que
se les da vuelta, donde son miles los consumidores
develados los que entablan millonarias demandas
con éxito, especialmente en los países
más industrializados. En su desesperación,
se encuentran utilizando mecanismos internacionales
para globalizar su influencia. Uno de estos organismos
es el CODEX ALIMENTARIUS, organismo
internacional, dependiente de la FAO/OMS, influído
por la industria farmacéutica alemana e
internacional. Otras instancias son todos los
Ministerios Sanitarios en los países en
vías de desarrollo.
9.- Manifestamos que la regulación farmacéutica
o sobreprotección a las personas que
practican la salud natural es innecesaria, costosa,
burocrática y refleja falta de confianza
en el consumidor informado. La proteccion
en salud pública practicada por Ministerio
de Salud (MINSAL) parece estar más bien
dirigida a proteger los intereses comerciales
de empresas farmacéuticas. No es de conocimiento
público que se lleven a cabo programas
de control rigurosos destinados a proteger a las
personas de los daños que producen los
efectos colaterales de los fármacos.
10.- Advertimos una profunda influencia farmacológica
en toda la acción y el contenido de las
normas que emanan del MINSAL. Basta con leer
sus instructivos, las agendas de sus seminarios
y las promosiciones y declaraciones de sus directivos
para darse cuenta lo lejos están sus asesores
de los métodos naturales y lo cerca de
los tratamientos farmacéuticos ineficaces.
PROPOSITOS DE LOS FUNCIONARIOS
DEL MINISTERIO DE SALUD
11.- La autoridad sanitaria chilena permite
que la alta peligrosidad de los fármacos
no sea advertida por el consumidor de manera eficaz.
Solamente el negocio de la nicotina está
obligado a advertir al consumidor los peligros
para la salud que representa la adicción
del tabaco. Esto representa un caso aislado, entre
muchas otras drogas recreacionales que se publicitan
por todos los medios. Al igual que el caso del
tabaco, todas las drogas sintéticas destinadas
a terapias de salud y también todas las
drogas recrecionales, debieran publicitar sus
daños potenciales a los diversos órganos,
glándulas, tejidos o procesos del cuerpo
humno. Por su parte, sí debe permitirse
que los productos naturales puedan declarar sus
propiedades nutricionales y a los segmentos de
la población a los cuales están
destinados y los beneficios intrínsecos
que poseen para la salud humana.
12.- Rechazamos todo intento de farmacopolizar
o farmacomonopolizar la cultura herbolaria y alimentaria
chilena. Una Salud Pública "Sana"
está más cerca de la Salud Natural
que de los "Tratamientos Farmacológicos".
Por esto, rechazamos las normativas que el
MINSAL ha intentado imponer en Chile para dar
satisfacción a criterios farmacéuticos,
todas destinadas a inhibir, restringir o prohibir
los productos naturales y sus contenidos,
vitaminas, minerales, aminoácidos, lípidos,
carbohidratos y elementos botánicos o fitonutrientes
contenidos en las hierbas culinarias, salutíferas
y aromáticas.
- Las disposiciones actuales que rechazamos son,
entre otras, la Resolución 1844/98
y el Decreto 855/99.
- Otras disposiciones que están en proyecto
en el MINSAL, versión de Octubre/01, son
los el proyectos DS 286 (Creación
de los fitofármacos y restricciones a la
hierbas medicinales) y DS 287 (Límites
y proyecciones medicamentosas a los suplementos
alimentarios).
13.- Los funcionarios del MINSAL no entienden
de salud natural, menos del papel que juegan
las hierbas y los alimentos en la recuperación
y mantención de los estados fisiológicos
sanos de las personas. Advertimos que gran parte
de los desaciertos del MINSAL, se deben a esta
deformación profesional. Por lo general,
los funcionarios que laboran en esa repartición
del estado provienen de universidades que no han
incorporado en los curriculum de sus estudiantes
asignaturas relacionadas con la medicina natural,
ni tampoco poseen ellos mismos interés
en comprenderla con cursos de postgrado o informarse
por otros medios. Es necesario incorporar al ministerio,
personal competente y capacitar al existente en
estas materias antes de dictar normas sobre productos
naturales.
14.- Rechazamos la aplicación de
todo tipo de arancel a las hierbas naturales
que desean imponer los funcionarios del Instituto
de Salud Pública (ISP), sede farmacéutica
del MINSAL. Todas las hierbas culinarias, salutíferas,
aromáticas o cosméticas son y deben
ser consideradas de libre disposición para
cualquier ciudadano que las desee cultivar o recolectar
y guardar o distribuírlas en cualquier
forma que sea de mejor acceso al consumo.
Nadie tiene derecho en Chile, ni en lugar alguno
de este planeta de someter a las especies vegetales,
a cualquier tipo de restricción administrativa,
vía derechos arancelarios, patentes u otros.
Toda especie vegetal que pertenezca a algún
tipo de germoplasma nacional es patrimonio de
la humanidad.
EFECTOS SOCIALES Y EN
LA SALUD PUBLICA
15.- Solidarizamos con las comunidades campesinas
y urbanas, pequeñas empresas, la mayoría
de carácter familiar, por el daño
causado o que podrán causar si se llegan
a implementar los proyectos que los funcionarios
del MINSAL tienen contemplados para farmacopolizar
los productos naturales, sean estos hierbas
culinarias, salutíferas y aromáticos,
alimentos o suplementos alimentarios.
16.- El Sr. Presidente de la Repúplica
debe ser informado de los siniestros planes en
curso. Los funcionarios profarmacéuticos
del MINSAL no se han percatado, que sus intentos
son llevado a cabo en el peor escenario económico
de las últimas décadas, donde la
cesantía acecha en todas las esquinas .
Si estos logran sus propósitos, pueden
llevar al Ministerio y al Estado a tener que indemnizar
cifras que pueden ser perfectamente billonarias
por el daño que han causado, causan y causarían
de aplicarse las normas que contemplan sus planes
profarmacéuticos, lo que puede equivaler
a varias veces el presupuesto nacional de salud.
Esto es sin considerar, medidos en términos
monetarios, el daño biológico que
se causaría a la población sin alternativas
naturales.
17.- Cuando se restringe la mantención
de la salud se promueve las enfermedades.
El daño biológico que se causaría
a la población sin alternativas naturales,
traería como mediato efecto el aumento
del presupuesto nacional en salud, activado
por el incremento de las enfermedades generadas
por los efectos adversos de los fármacos.
DIFUSION DEL USO DE LAS
HIERBAS SALUTIFERAS, CULINARIAS Y AROMATICAS
18.- El uso de la hierbas debe fomentarse y
no restringirse. La difusión debe comprender
todas las formas en que las hierbas y flores se
utilizan, ya sea en infusiones, decocciones, en
todo tipo de formas artesanales o modernas de
envasado, como también en jarabes, tinturas
y preparados macerados, cataplasmas o compresas,
ungüentos y diversas otras expresiones culturales
fitoterapéuticas, aromaterapeutas o terapias
florales. Todos sus cultores, que son depositarios
de una rica antigua tradición benéfica,
muchas veces de carácter familiar, deben
sentirse apoyados por el Estado. En particular,
el Estado chileno debe valorar y promover la herbolaria
de nuestros antepasados y de nuestras tradiciones
culturales, especialmente de los pueblos Aonikenk
o Tewelches, Atacameño o Likanantai, Aymara, Diaguita,
Kawésqar o Alakalufes, Kolla, Mapuche, Molle,
Pikunche, Rapa Nui, Selk'nam, Yagán o Yámana,
etc. Esta actitud también debe validarse
para todo elemento botánico, perteneciente
al patrimonio de la humanidad, sean éstas
autóctonas, latinoamericanas o de otros
países con rica tradición botánica.
19.- A la altura del siglo XXI, la difusión
y distribución de ninguna hierba o planta
vegetal debe ser restringida o prohibida, a menos
que posea en microconcentraciones probadas propiedades
tóxicas, o que hayan sido sintetizadas
en laboratorios.
20.- La investigación de los atributos
y usos de las especies vegetales por parte la
medicina oficial chilena también debe fomentarse,
pero sin perseguir ulteriores propósitos
fármaco monopolizadores. Las posibles
interacciones con otras substancias, alimentos
o fármacos, de ninguna manera pueden justificar
restricción alguna o prohibición
o desviación de su venta hacia el negocio
de las clínicas o farmacias. Sólo
pueden justificar una adecuada rotulación,
que explicite sus características, posiblemente
en los lugares visibles de sus envases.
21.- El país no debe quedarse atrás
del avance en el conocimiento de otras hierbas
y plantas salutíferas que se usan en el
mundo. Por esto, es urgente y necesario
preparar un Herbolario de la Medicina Tradicional
Mundial (HMTM). Estudios de esta naturaleza
son previos a todo intento de fijar normas respecto
a hierbas medicinales. Lo contrario es un mero
ejercicio administrativo, un error teórico.
22.- El mezclado y el uso combinatorio de las
hierbas, en todos sus propósitos -salutífero,
culinario, aromático o cosmético-
es parte tradicional y estratégico de la
cultura naturista y por tanto debe preservarse.
La preparación de mezclas de hierbas
es tal vez la parte etnobotánica más
noble, creativa y útil para mantener la
salud de los seres humanos. Por esto, el
Herbolario de la Medicina Tradicional de Chile
(HMTCh) que maneja el MINSAL debe profundizar
la compilación de los aspectos combinatorios
de los vegetales. Estos estudios deben realizarse
sin ulteriores propósitos farmacéuticos
excluyentes. Esta actitud es la verdadera ciencia,
el resto es política o rendirse a poderosos
intereses y al tráfico de influencias.
FOMENTO DE LA HERBOLARIA
23.- Nuestro país está
atrasado en materia de fomento y promoción
de su cultura herbolaria y de la salud natural
en relación con otros países. El
Estado debe prepararse para apoyar el desarrollo
de la salud natural en nuestro país.
Para ello debe contar con personal competente
y con los recursos necesarios al propósito.
La investigación, difusión herbolaria,
los programas de vida sana y la asistencia técnica
a la actividad herbolaria nacional deben estar
concentrados en un Instituto de Salud Natural
(ISN), posiblemente dependiente del MINSAL
o ser un ente autónomo del estado.
24.- Los cultores, productores,
recolectores y envasadores de hierbas deben ser
apoyados por el Estado. El Estado debe proveerles
la asistencia técnica que sea necesaria
para que esta actividad se desarrolle sin restricciones
en todas sus manifestaciones productivas: recolección,
cultivo, secado, almacenamiento, mezclado o envasado
de plantas frescas, deshidratadas, enteras, trituradas,
fraccionadas, en polvo, maceradas en líquidos,
aceites aromáticos, elixires florales,
bebidas vegetales, encapsuladas, entabletadas
o comprimidas, sean éstas una o más
hierbas o plantas combinadas, sin connotación
farmacéutica, sin excipientes sintéticos
o farmacéuticos. Restrigir a los yerbateros
y demás herbolarios a funciones de meros
envasadores artesanales es negar la posibilidad
de su desarrollo. Negar los derechos a libre ejercicio
de sus actividades a los cultores herbarios, es
negar la opción a la Salud Natural.
.........
Finalmente, por la presente solicitamos al Instituto
de Estudios de la Salud Natural de Chile, a la
Asociación de Salud natural A.G. de Chile,
a la Asociación de Yerbateros de Chile,
a la Coalición por el Derecho a la Salud
natural y a la Granja Homa de Limache la difusión
del contenido de esta DECLARACION.
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