©Copyright 2004 by Ermo Quisbert
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derecho reservados. All rights reserved.
"Está exento de responsabilidad el que en ejercicio legítimo
de un derecho, oficio o cargo, cumplimiento de un deber o la ley, vulnere un
bien jurídico" (CP; 11).
Por ejemplo chofer que conduce
cumpliendo las normas de tránsito y cuidadosamente, atropella aun peatón
que se atraviesa repentinamente, no es
responsable, aunque se debe averiguar y hubo culpa.